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Servicio de Informacion de la Guardia Civil SIGC

 

jefaturainformacion

Jefatura de Informacion de la Guardia Civil

Servicio de Informacion de la Guardia Civil (SIGC)

El Servicio de Información de la Guardia Civil (SIGC) se encuentra integrado bajo la Dirección Adjunta Operativa de la Guardia Civil y dentro de la Jefatura de Información a la que corresponde: «organizar, dirigir y gestionar la obtención, recepción, tratamiento, análisis y difusión de la información de interés para el orden y la seguridad pública en el ámbito de las funciones propias de la Guardia Civil y la utilización operativa de la información, especialmente en materia antiterrorista en el ámbito nacional e internacional«.

El SIGC contaba en 2001, con 2103 agentes, el grupo de información exterior tenia 62 agentes tras el atentado de Madrid Interior prometió triplicar los recursos humanos en la lucha contra el terrorismo islámico (150 agentes mas). las unidades periféricas del servicio de información se sitúan en las comandancias de zona de la guardia civil. En especial y para hacer frente al terrorismo Etarra en el País Vasco, gran parte de los agente del SIGC trabajan en Francia, bien por su cuenta o en colaboración con la Policia Francesa, en la lucha contra esta organización terrorista.

La sede del Servicio de Información de la Guardia Civil (Jefatura de Información y Policía Judicial), se encontraba en la Dirección General en Guzmán el Bueno, sin embargo en 2007, se ha trasladado a un edificio especifico los alrededores de Madrid.

El Real Decreto 1300/2006, de 10 de noviembre, sobre organización y funciones de las Consejerías de Interior en las Misiones Diplomáticas de España, atribuye a estas la función de Proporcionar información a los órganos superiores y directivos del Ministerio del Interior y al Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista sobre las actividades que desarrollen en materia de lucha contra el terrorismo, el tráfico de drogas y demás expresiones de la criminalidad organizada que afecten a la seguridad interior de España.

 

Policías Autonómicas

En España además de los dos cuerpos con competencia estatales (Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil), algunas comunidades autónomas en virtud de las competencias atribuidas en sus Estatutos de Autonomía cuentan con Cuerpos Policiales propios que progresivamente ha ido asumiendo cada vez mas funciones entre las que se encuentra la Información y la Inteligencia Criminal, son tres las principales:

Cuerpo Nacional de Policia

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Del Director General de la Policía dependen mas de 68.000 efectivos (2019) y de acuerdo al Real Decreto 734/2020  los siguientes órganos:

La Dirección Adjunta Operativa: con nivel orgánico de subdirección general, encargada de la dirección, coordinación y supervisión de las unidades centrales, supraterritoriales y territoriales; el seguimiento y control de los resultados de los programas operativos, y en la definición de los recursos humanos y materiales aplicables a dichos programas, así como la planificación estratégica en materia de transformación digital.

  • Comisaría General de Información, la captación, recepción, tratamiento y desarrollo de la información de interés para el orden y la seguridad pública en el ámbito de las funciones de la Dirección General, así como su explotación o aprovechamiento operativo, especialmente en materia antiterrorista, tanto en el ámbito nacional como en el internacional.
  • Comisaría General de Policía Judicial, la investigación y persecución de las infracciones supraterritoriales, especialmente de los delitos relacionados con las drogas, la delincuencia organizada, económica, financiera, tecnológica y el control de los juegos de azar. Asimismo, le corresponde la dirección de los servicios encargados de la investigación de delitos monetarios y los relacionados con la moneda, así como la colaboración con los servicios correspondientes del Banco de España en estos asuntos.
  • Comisaría General de Seguridad Ciudadana, la organización y gestión de lo relativo a la prevención, mantenimiento y, en su caso, restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana; las competencias que le encomienda la legislación sobre seguridad privada; la vigilancia de los espectáculos públicos, en el ámbito de competencia del Estado, y la protección de altas personalidades, edificios e instalaciones que por su interés lo requieran.
  • Comisaría General de Extranjería y Fronteras, el control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros; la prevención, persecución e investigación de las redes de inmigración ilegal, y, en general, el régimen policial de extranjería, refugio y asilo e inmigración.
  • Comisaría General de Policía Científica, la prestación de los servicios de criminalística, identificación, analítica e investigación técnica, así como la elaboración de los informes periciales y documentales que le sean encomendados.
  • División de Operaciones y Transformación Digital, el apoyo a la Dirección Adjunta Operativa en la coordinación, gestión y supervisión en el ámbito de la operatividad policial, así como en la planificación estratégica en materia de transformación digital.

La Subdirección General de Recursos Humanos y Formación: encargada de la gestión del personal de este órgano directivo como de su selección y la formación.

  • División de Personal, realizar las funciones de administración y gestión de personal.
  • División de Formación y Perfeccionamiento, realizar la función de formación para el ingreso, la promoción y la especialización de los miembros de la Policía Nacional.

La Subdirección General de Logística e Innovación: encargada de la gestión de los recursos económicos y materiales, así como de la documentación de españoles y extranjeros, y de los archivos policiales.

  • División Económica y Técnica, con nivel orgánico de subdirección general, a la que corresponde realizar las funciones de estudio de las necesidades, el análisis y control de calidad y, en su caso, la adquisición de los productos y equipamientos, y la asignación, distribución, administración y gestión de los medios materiales.
  • División de Documentación, con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo, a la que corresponde la organización y gestión de los servicios de documentación de españoles y extranjeros, de los archivos policiales y de la Sección del Archivo General en la Dirección General de la Policía.

Un Gabinete Técnico: que elaborará los estudios e informes necesarios, la tramitación de las disposiciones de carácter general en el ámbito de su competencia y cuantas otras misiones se le encomiende.

La División de Cooperación Internacional: a la que corresponde la gestión de la Oficina Central Nacional de INTERPOL, la Unidad Nacional de EUROPOL y la Oficina SIRENE, la dirección de la colaboración y auxilio a las policías de otros países y la coordinación de los grupos de trabajo en los que participe la Dirección General de la Policía en el ámbito de la Unión Europea y otras instituciones internacionales, así como aspectos relacionados con misiones de apoyo a terceros países y personal policial que presta servicio en el extranjero.

La organización periférica está constituida por las Jefaturas Superiores, las Comisarías Provinciales y aquellas otras unidades o módulos que integran el modelo territorial, las Comisarías Zonales, Locales y de Distrito, así como las Comisaría Conjuntas o Mixtas, los Puestos Fronterizos y las Unidades de Documentación.

Guardia Civil

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Del Director General de la Guardia Civil, que cuenta con mas de 78.000 efectivos (2019), dependen de acuerdo al Real Decreto 734/2020, los siguientes órganos:

a) La Dirección Adjunta Operativa.

b) El Mando de Fronteras y Policía Marítima.

c) El Mando de Personal.

d) El Mando de Apoyo.

e) Un Gabinete Tecnico.

La Dirección Adjunta Operativa: de ella depende directamente el Mando de Operaciones, a cargo de un Teniente General de la Guardia Civil en situación de servicio activo.

a) El Estado Mayor, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo. Es el principal órgano auxiliar de la Dirección Adjunta Operativa, del Mando de Operaciones y del Mando de Fronteras y Policía Marítima, en todo lo concerniente al ejercicio de las funciones de cada Mando, además de responsable de proporcionar los elementos de juicio necesarios para fundamentar sus decisiones, traducirlas en órdenes y velar por su cumplimiento

b) La Jefatura de Información, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde organizar, dirigir y gestionar la obtención, recepción, tratamiento, análisis y difusión de la información de interés para el orden y la seguridad pública en el ámbito de las funciones propias de la Guardia Civil.

c) La Jefatura de Policía Judicial, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde organizar y gestionar la investigación y persecución de los delitos, dirigir, impulsar y coordinar las investigaciones relacionadas con la delincuencia organizada, la grave y aquellas otras que por sus especiales características lo aconsejen.

d) La Secretaría de Cooperación Internacional, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo.

e) El Mando de Operaciones es el responsable de planificar, impulsar y coordinar los servicios operativos de las Unidades de la Guardia Civil, y de el dependen:

  • La Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde dirigir, coordinar y controlar las unidades y jefaturas de servicios de ella dependientes, constituyendo la reserva especializada del Mando de Operaciones. Así mismo, a través de sus unidades, asumirá la protección estática o dinámica de las personalidades que se determinen y de los centros e instalaciones que por su interés lo requieran.
  • La Jefatura de la Agrupación de Tráfico, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde, como es la unidad especializada en tráfico, seguridad vial y transporte, organizar y gestionar todo lo relativo al ejercicio de las funciones encomendadas a la Guardia Civil por la normativa vigente.
  • La Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde planificar, impulsar y coordinar en el ámbito de las competencias de la Guardia Civil el cumplimiento de las disposiciones relacionadas con la conservación de la naturaleza y el medio ambiente, los espacios protegidos, los recursos hidráulicos, la caza y la pesca, el maltrato animal, los yacimientos arqueológicos y paleontológicos y la ordenación del territorio. Dependerá de esta jefatura la Oficina Central Nacional de análisis de información sobre actividades ilícitas medioambientales.
  • La Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde planificar, organizar, inspeccionar y controlar las actividades que la normativa sobre armas y explosivos, artículos pirotécnicos y cartuchería encomienda a la Guardia Civil, así como ejercer las competencias que, en materia de protección y seguridad, están encomendadas al Cuerpo y que no estén expresamente conferidas a otros órganos especializados de su estructura. Dependerá de esta Jefatura el Punto Focal Nacional de Armas.
  • Las Zonas de la Guardia Civil, a cargo de un Oficial General o un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo, y las Comandancias de las Ciudades de Ceuta y Melilla, sin perjuicio de sus relaciones técnicas y funcionales con los Mandos de Fronteras y Policía Marítima, de Personal y de Apoyo.

El Mando de Fronteras y Policía Marítima: a cargo de un Teniente General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es responsable de la Autoridad de Coordinación para hacer frente a la Inmigración Irregular y  el control de los demás flujos irregulares, teniendo entre sus funciones la de resguardo fiscal del Estado, de el dependen:

a) La Jefatura Fiscal y de Fronteras, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde organizar y gestionar el resguardo fiscal del Estado, así como la custodia, control y vigilancia de las costas, fronteras (excepto aquellas que se rigen por un tratado internacional específico), puertos, aeropuertos y los espacios marítimos en los que España ejerce soberanía y, en este ámbito, el control de la inmigración irregular.

b) La Jefatura de Costas y Policía Marítima, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, encargado, a nivel nacional y en el ámbito de competencias de la Guardia Civil, de la dirección y coordinación de las actividades operativas de la Guardia Europea de Fronteras y Costas que lidere la Guardia Civil y del Centro Nacional de Coordinación (NCC) de España en EUROSUR.

Del Mando de Personal: es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la dirección y coordinación del desarrollo de la política de personal y educativa de el dependen las siguientes Unidades:

a) La Jefatura de Personal, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación destinos, recompensas, situaciones administrativas, retribuciones y régimen disciplinario.

b) La Jefatura de Enseñanza, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde desarrollar y ejecutar el sistema de enseñanza de la Guardia Civil a través de la organización y gestión de la selección y de las actividades docentes de formación, perfeccionamiento y altos estudios profesionales.

c) La Jefatura de Asistencia al Personal, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en servicio activo, a la que corresponde proporcionar la asistencia sanitaria y psicológica, así como promocionar la mejora de las condiciones del servicio en lo relativo a la protección de la seguridad y la salud del personal de la Guardia Civil y de los miembros de las Fuerzas Armadas que presten servicio en Unidades, centros y organismos dependientes de la Dirección de la Guardia Civil.

d) La Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil, que tiene por misión coordinar y ejecutar las actuaciones necesarias para el desarrollo de las evaluaciones, así como organizar y, en su caso, apoyar técnicamente a los órganos de evaluación en el desarrollo de sus funciones.

El Mando de Apoyo: es responsable, de la dirección, coordinación y gestión de los recursos financieros y de la política de recursos materiales. Del Mando de Apoyo dependen las siguientes unidades:

a) La Jefatura de Asuntos Económicos, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde la realización de las actividades relacionadas con la administración y coordinación de los recursos financieros y patrimoniales.

b) La Jefatura de los Servicios de Apoyo, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde la gestión, control y mantenimiento de los medios materiales asignados al Cuerpo para la realización del servicio, en particular, del material móvil, equipamiento policial, armamento e infraestructuras.

c) La Jefatura de Servicios Técnicos, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, órgano especializado de la Guardia Civil en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), a la que corresponde la gestión, control, mantenimiento y desarrollo tecnológico de los sistemas informáticos, de telecomunicaciones y equipos especiales asignados a la Guardia Civil, además de las actividades relacionadas con la seguridad de la información del Cuerpo en el ámbito de las citadas TIC.

La organización periférica de la Guardia Civil está constituida por Zonas, Comandancias, Compañías y Puestos.

Centro de Inteligencia Contra el Crimen Organizado CICO

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Anunciado hace tiempo por el Presidente del Gobierno y posteriormente por el Ministro del Interior en sendas comparecencias parlamentarias, el Centro de Inteligencia Contra el Crimen Organizado (CICO), fue creado por el Real Decreto 991/2006, de 8 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, sigue el modelo del Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista.

Funciones:

  • Le corresponderá la elaboración de la inteligencia estratégica en la lucha contra todo tipo de delincuencia organizada, así como, en su caso, el establecimiento de criterios de coordinación operativa de los servicios actuantes en los supuestos de coincidencia o concurrencia en las investigaciones.
  • Deberá recibir, integrar y analizar cuantas informaciones y análisis operativos relacionados con la delincuencia organizada sean relevantes o necesarios para la elaboración de la inteligencia estratégica y de prospectiva en relación con el crimen organizado.
  • Determinara, en los supuestos de intervención conjunta o concurrente, los criterios de coordinación y de actuación de las Unidades operativas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y la de éstos con otros Servicios intervinientes, en función de sus competencias propias o de apoyo a la intervención.
  • Elaborara el informe anual sobre la situación de la criminalidad organizada en España, así como una Evaluación Periódica de Amenaza.
  • Elaborara y difundira las informaciones estadísticas relacionadas con esta materia.

Antecedentes:
Se ha formado sobre la base del Gabinete de Análisis y Prospectiva sobre tráfico de drogas, blanqueo de capitales y delitos conexos, al que sustituye

Principios y Áreas:
Siguiendo en parte las líneas del mencionado gabinete, y desconociendo cual será su evolución orgánica, el Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado trabajaría en estas líneas:

Análisis y Prospectiva

  • Sistema de Análisis, Evaluación y Explotación de Datos sobre Drogas (SENDA)
  • Sistema de Registro de Investigaciones sobre Drogas
  • Observatorio de Seguimiento del Uso de Nuevas Tecnologías por las Organizaciones de Traficantes
Se Elaboran se elaboran productos estadísticos y de análisis prospectivo, como son la Estadística Anual sobre Drogas, los Informes Estratégicos, los Informes de Situación, los Cuadernos de Inteligencia. Planes estratégicos de actuación e intervención, como el Programa de Modus Operandi de distribución en el interior del territorio nacional, o los Planes de Respuesta Policial en Zonas de Ocio y Diversión, y en Centros Educativos.

Relaciones Internacionales
Unión Europea, América Latina y el Caribe, y Ma­rruecos. Participación activa en foros multilaterales de la Unión Europea, ONU, GAFI, CICAD, Grupo Pompidou, del Grupo Dublín y del Grupo Horizontal Drogas. En la Coordinación Nacional de Drogas en Austria. En las Reuniones del Fondo Monetario Internacional sobre Blanqueo de Capitales en Argentina y Brasil. En varias Reuniones del Mecanismo Unión Europea-América Latina en Viena. En la Comisión de Estupefacientes de Viena. Y en la Reunión de la Troica Irán, Balcanes y países del Este.

Formación
Su antecedente efectuaba Conferencias sobre Análisis e Inteligencia Criminal y un Curso de Prospectiva e Inteligencia para Directivos.

Relaciones:
Parece evidente que el CICO estará integrado por personal de las áreas de Policía Judicial, dedicadas a labores de investigación/inteligencia criminal, y deberá de integrar y coordinar fundamentalmente a la Comisaría General de Policía Judicial del Cuerpo Nacional de Policía, con sus Unidades de Inteligencia Criminal, Droga y Crimen Organizado y Delincuencia Especializada y Violenta, y por parte de la Guardia Civil, a la Unidad Central Operativa, asi como el Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA) del Ministerio de Economia y Hacienda. En materia exterior con EUROPOL, INTERPOL y policías de otros países.

Dirección y Estructura
La primera directora del Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado, es la Comisarío: José García Losada (desde Febrero de 2012), que sustituye a Maria Marcos Salvador, antigua responsable de la Unidad de Delincuencia Económica Especializada y Violenta de la Comisaría General de Policía Judicial. Cuenta con una Direccion adjunta a cargo de un Oficial de la Guardia Civil: el teniente coronel Francisco Montes López, máximo responsable hasta ahora de la Sección de Criminalística Analítica de la Guardia Civil.

  • Dirección
  • Dirección Adjunta
  • Área de Inteligencia y Prospectiva (bajo la direccion de un Comisario)
  • Área de Coordinación (bajo la direccion de un Comisario)
  • Área de Gestión (bajo la direccion de un Teniente Coronel)
  • Área de Análisis y Estadística (bajo la direccion de un Teniente Coronel)
Personal y Medios:
Contara con 75 expertos en la lucha contra la delincuencia organizada, procedentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil. En el futuro se incorporarán al CICO miembros del servicio de Vigilancia Aduanera y de especialistas procedentes de las policías autonómicas.

El Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado, dispone de dos sistemas informáticos: el Sistema de Registro de Investigaciones (SRI) y el Sistema de Análisis, Evaluación y Explotación de las Operaciones Policiales en materia de Drogas (SENDA), desde los que se confeccionan estudios y se coordinan las operaciones sobre drogas entre los distintos Cuerpos dedicados a esta lucha, que son la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil y la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera. Además de estos dos sistemas, está en fase de implantación otro nuevo para el estudio de nuevas tecnologías, que es el Observatorio de Seguimiento del Uso de Nuevas Tecnologías por las Organizaciones Criminales (OSUNT).

Se encarga también del Control administrativo del comercio nacional e internacional de sustancias químicas catalogadas (precursores), ejerciendo el control del Registro General de Operadores que utilizan lícitamente las sustancias objeto de control en los Reglamentos Europeos, así como el seguimiento de los usos lícitos de otras sustancias utilizadas para la fabricación ilícita de drogas, que quedan fuera del marco legislativo.

Coordinacion:

A traves de la Comisión de Coordinación Contra el Crimen Organizado, de la cual forman parte:

 

Prioridades Operativas:

  • Narcotráfico

  • Corrupción

  • Blanqueo de Capitales

  • Cybercrimen

  • Tráfico, Trata y Explotación de Seres Humanos

  • Delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial

  • Fraudes y Falsificaciones

Otros Países:
España ha seguido el modelo de otros países a la hora de crear el Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado, como la Serious Organised Crime Agency (SOCA) en el Reino Unido, creada en abril de 2006, o el Criminal Intelligence Service (CSIC) Canadiense.

Unidades Especializadas
Dada la alarma mediática y el incremento de las actividades del crimen Organizado y la Delincuencia Violenta en España, ambos cuerpos han creado unidades especializadas

  • Cuerpo Nacional de Policía: Ordenó la creación de los GRECO (Grupos de Respuesta Especial para el Crimen Organizado) del Cuerpo Nacional de Policía para la captación de información y lucha contra la delincuencia organizada extendida a todas las actividades ilícitas de estos grupos criminales. En la actualidad, el Grupo GRECO Costa del Sol está plenamente operativo, al igual que el Grupo GRECO Levante, que cuenta con dos sedes (Benidorm y Orihuela) para dar respuesta a las necesidades de la costa Mediterránea en esta materia. El GRECO Galicia se sumará a los grupos ya creados para reforzar la lucha contra el narcotráfico, el blanqueo de capitales y la criminalidad vinculada a estas formas de delincuencia, estan operativos los GRECO de:
    • Galicia
    • Canarias
    • Cádiz
    • Costa del Sol
    • Levante
    • Baleares

 

  • En el Ambito de la Guardia Civil: Se Elaboro el denominado Plan de Actuación Contra el Crimen Organizado (PACCO), cosa fina el nombre. Se crearon los Equipos contra el Crimen Organizado (ECO), se crearon inicialmente dos: uno el Alicante y otro en Malaga que dependen funcionalmente de la Unidad Central Operativa (UCO), se señala que los ECO participarán toda la información obtenida y derivada de sus intervenciones a la UCO, órgano que se encargará de centralizar y examinar todos los datos que se generen en las Unidades de la Guardia Civil relacionados con la delincuencia organizada. Del mismo modo, la información sobre redes y bandas criminales obtenida por las Unidades del Servicio de Información es trasladada a la UCO para su centralización. La UCO comunica todas las noticias obtenidas que puedan afectar a las misiones propias del Servicio de Información, estan operativos los ECO de:
    • Pontevedra
    • Tenerife
    • Las Palmas
    • Málaga
    • Alicante
    • Baleares
    • Barcelona

Secretaria de Estado de Seguridad

La Secretaria de Estado de Seguridad, es el principal órgano directivo del Ministerio del Interior y su titular, su numero 2. Dentro de su estructura encontramos los principales “puntos nacionales” a los que obligan los compromisos internacionales y las unidades de coordinación en materia de terrorismo, crimen organizado, protección de infraestructuras criticas o seguridad, bajo su mando se encuentra la Guardia Civil y la Policía Nacional, si bien en 2020 Instituciones Penitenciarias paso a depender directamente del Ministro del Interior, dentro de su estructura nos encontramos:

a) La Dirección General de Coordinación y Estudios. Es el órgano de apoyo y asesoramiento a través del cual la persona titular de la Secretaría de Estado ejerce su función de coordinación y supervisión de la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de colaboración con las policías autonómicas y las policías locales, de el dependen:

b) El Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), al que corresponde la recepción, integración y análisis de la información estratégica disponible en la lucha contra todo tipo de delincuencia organizada o grave, terrorismo y radicalismo violento, el diseño de estrategias específicas contra estas amenazas y su financiación, así como, en su caso, el establecimiento de criterios de actuación y coordinación operativa de los órganos u organismos actuantes en los supuestos de concurrencia en las investigaciones o actuaciones relacionadas con los precursores de drogas y explosivos.

Del CITCO depende la Oficina Nacional de Información sobre Pasajeros (ONIP), que actúa como Unidad de Información sobre Pasajeros (PIU) nacional prevista en la normativa europea, y la Unidad de Policía Judicial para delitos de terrorismo (TEPOL). Asimismo, desarrollará las funciones encomendadas al Subregistro Principal OTAN-UE para los órganos centrales del Ministerio del Interior.

c) El Comité Ejecutivo de Coordinación (CEC), que estará integrado por las personas titulares de la Subsecretaría, de las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, del Gabinete del Ministro, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería y de las Direcciones Adjuntas Operativas de la Policía y de la Guardia Civil, ejerciendo las funciones de secretaría la persona titular del Gabinete de Coordinación y Estudios.

d) La Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad: de la que depende el el Centro Tecnológico de Seguridad (CETSE), y que es responsable de Coordinar, desarrollar e implantar bases de datos, sistemas de información y sistemas de comunicaciones de utilización conjunta o compartida por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluyendo aquellos relacionados con la Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de gran magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu-LISA), los correspondientes al Sistema Schengen y al Sistema de Radiocomunicaciones Digitales de Emergencia del Estado (SIRDEE).

e) La Subdirección General de Planificación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad, a la que corresponde dirigir, coordinar o gestionar aquellos planes, programas, recursos financieros o materiales en el ámbito de la seguridad.

De la Secretaria de Estado de Seguridad dependen orgánicamente cuatro grandes órganos:

  1. La Dirección General de la Policía.
  2. La Dirección General de la Guardia Civil.
  3. La Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería.
  4. La Direccion General de Coordinación y Estudios.

Ministerio del Interior

Ministro del Interior
Al Ministro del Interior, como titular del Departamento, le corresponden la iniciativa, planificación, dirección e inspección de todos los servicios del Ministerio, y el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de él dependen directamente:

Secretaria de Estado de Seguridad

La Secretaria de Estado de Seguridad, es el principal órgano directivo del Ministerio del Interior y su titular, su numero 2. Dentro de su estructura encontramos los principales “puntos nacionales” a los que obligan los compromisos internacionales y las unidades de coordinación en materia de terrorismo, crimen organizado, protección de infraestructuras criticas o seguridad, bajo su mando se encuentra la Guardia Civil y la Policía Nacional, si bien en 2020 Instituciones Penitenciarias paso a depender directamente del Ministro del Interior, dentro de su estructura nos encontramos:

a) La Dirección General de Coordinación y Estudios. Es el órgano de apoyo y asesoramiento a través del cual la persona titular de la Secretaría de Estado ejerce su función de coordinación y supervisión de la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de colaboración con las policías autonómicas y las policías locales, de el dependen:

b) El Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), al que corresponde la recepción, integración y análisis de la información estratégica disponible en la lucha contra todo tipo de delincuencia organizada o grave, terrorismo y radicalismo violento, el diseño de estrategias específicas contra estas amenazas y su financiación, así como, en su caso, el establecimiento de criterios de actuación y coordinación operativa de los órganos u organismos actuantes en los supuestos de concurrencia en las investigaciones o actuaciones relacionadas con los precursores de drogas y explosivos.

Del CITCO depende la Oficina Nacional de Información sobre Pasajeros (ONIP), que actúa como Unidad de Información sobre Pasajeros (PIU) nacional prevista en la normativa europea, y la Unidad de Policía Judicial para delitos de terrorismo (TEPOL). Asimismo, desarrollará las funciones encomendadas al Subregistro Principal OTAN-UE para los órganos centrales del Ministerio del Interior.

c) El Comité Ejecutivo de Coordinación (CEC), que estará integrado por las personas titulares de la Subsecretaría, de las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, del Gabinete del Ministro, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería y de las Direcciones Adjuntas Operativas de la Policía y de la Guardia Civil, ejerciendo las funciones de secretaría la persona titular del Gabinete de Coordinación y Estudios.

d) La Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad: de la que depende el el Centro Tecnológico de Seguridad (CETSE), y que es responsable de Coordinar, desarrollar e implantar bases de datos, sistemas de información y sistemas de comunicaciones de utilización conjunta o compartida por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluyendo aquellos relacionados con la Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de gran magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu-LISA), los correspondientes al Sistema Schengen y al Sistema de Radiocomunicaciones Digitales de Emergencia del Estado (SIRDEE).

e) La Subdirección General de Planificación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad, a la que corresponde dirigir, coordinar o gestionar aquellos planes, programas, recursos financieros o materiales en el ámbito de la seguridad.

De la Secretaria de Estado de Seguridad dependen orgánicamente:

  1. La Dirección General de la Policía.
  2. La Dirección General de la Guardia Civil.
  3. Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería
  4. Dirección General de Coordinación y Estudios

Centro Nacional de Coordinacion Antiterrorista CNCA

 

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El Gobierno creo mediante el Acuerdo del Consejo de ministros del 28 de Mayo de 2004 el Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista (CNCA), que busca el tratamiento integrado de la información estratégica relativa al terrorismo, tanto en su proyección nacional como internacional, esta inspirado en el Centro Conjunto de Análisis del Terrorismo: Joint Terrorism Analysis Centre (JTAC), Británico, existe igualmente un organismo similar en Estados Unidos: National Counter-Terrorism Centre (NCTC).

 

 

Naturaleza del CNCA:

Es un órgano complementario y auxiliar de las fuerzas de seguridad, no asume misiones operativas, que estan en manos de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, por lo que no es en ningún caso una especie de tercer cuerpo de seguridad. Con el CNCA se trata de potenciar la estructura de lucha contra el terrorismo ya existente y mejorarla con un centro de información y análisis, ejerce funciones de inteligencia, Información y coordinación.

 

 

La creación del CNCA se integra en el desarrollo y puesta en práctica de un Conjunto de medidas contra el Terrorismo que permita impulsar una nueva estrategia en la actuación frente a todas las formas de terrorismo, sea cual sea su origen.

 

 

Dependencia:

El CNCA es una estructura profesional y no política, depende orgánicamente del Ministro del Interior y funcionalmente del Comité Ejecutivo para el Mando Unificado.

 

 

Funciones y Objetivos:

El nuevo Centro, que tiene como finalidad básica actuar como órgano de recepción, proceso y valoración de la información estratégica disponible sobre todos los tipos de terrorismo que constituyen una amenaza para España, sus funciones son:

 

  • Captar información de la ya existente en las bases de cada uno de los Cuerpos de Seguridad del Estado: Policía y Guardia Civil, y del Centro Nacional de Inteligencia.

  • Asimismo captar la información de las bases de datos internacionales y grupos de trabajo multidisciplinares en el ámbito de la lucha contra el terrorismo.

  • Análisis de la Información.

  • Coordinación operativa: servirá de estructura superior, a fin de que las distintas unidades «no se crucen en el campo de batalla» como ha ocurrido en ocasiones en la lucha contra ETA, pero no realizara acciones operativas.

  • También podría coordinar los distintos servicios de emergencia.

 

El CNCA tiene como misión esencial integrar, analizar y valorar toda la información de la que se disponga en materia de terrorismo, hasta mayo de 2005 el CNCA ha realizado  una treintena de informes de situación y específicos, valoraciones de amenazas y notas informativas sobre terrorismo, tanto de ETA como internacional de base islamista y sus objetivos fundamentales son:

 

  • Disponer de una valoración de la amenaza terrorista permanentemente actualizada.

  • Mantener la iniciativa en la lucha antiterrorista

  • Identificar los escenarios posibles de intervención

  • Planificar la respuesta.

  • Elaborar un lista de Infraestructuras Criticas

Dirección:

La dirección del CNCA esta integrada por un Director y un Subdirector. Sus funciones deberían ser desempeñadas alternativamente cada 2 años por un miembro del Cuerpo Nacional de Policía y por otro de la Guardia Civil, que son designados por el Secretario de Estado de Seguridad, si bien en el primer relevo de la Dirección no se ha efectuado esta alternancia.

 

 

Durante los dos primeros años ha estado dirigido por el Comisario Miguel Valverde actual Comisario General de Información, al que sucedio, el Comisario Eugenio Pereiro, que ejercía de asesor para asuntos de terrorismo del secretario de Estado de Seguridad, el teniente coronel de la Guardia Civil Pedro Perelló, ha sido confirmado como Subdirector del CNCA.

 

En Mayo de 2009 a Pereiro le sucede El Teniente Coronel Collado (Guardia Civil) que prestaba servicio en la actualidad en la Secretaría de Estado de Seguridad, en calidad de asesor de su titular, Antonio Machado. Tiene una amplia experiencia en la lucha antiterrorista dentro del Servicio de Información de la Guardia Civil.

 

 

Estructura y Organizacion:

La implantación del nuevo organismo se realizará en dos fases:

 

  1. Se constituirá una Unidad de Coordinación, que contará con:

    • Una Sala de operaciones abierta las 24 horas.

    • Área de Gestión de Bases de Datos

    • Área de Inteligencia e Investigación

  2. En la segunda fase de implantación se constituirán, además las siguientes áreas:

    • Área de Operaciones

    • Área de Seguridad Ciudadana,

    • Área de Organización

    • Área de Normativa

    • Área de Formación

    • Área de Infraestructuras.

 

Finalmente tras esta segunda fase se ha consolidado la siguiente estructura:

  • Área de Análisis de Terrorismo Internacional
  • Área de Fuentes Abiertas
  • Área de Relaciones Institucionales
  • Área de Instituciones Penitenciarias
  • Área de Bases de Datos y Tecnologías de la Información

 

Las herramientas de trabajo del nuevo centro será toda la información que recaben los servicios correspondientes de los Cuerpos. Tras ser analizada, los especialistas del CNCA elaborarán informes en los que se evaluarán los riesgos de la amenaza terrorista y fijarán los mecanismos de coordinación de las respectivas unidades operativas. Además, los agentes del centro podrán tener acceso a los bancos de datos de la Policía, Guardia Civil y CNI, pero cada uno de ellos sólo podrá ser consultado por agentes del propio Cuerpo.

 

 

Personal y Medios:

El CNCA estará formado inicialmente por 36 miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. A ellos se unirá el personal del CNI que el Ministerio de Defensa considere oportuno, a este respecto Interior ha llegado a un acuerdo con Defensa para que el CNI aporte hasta un máximo de 5 miembros, se ha producido la incorporación de personal de Instituciones Penitenciarias encargado del terrorismo en las prisiones, en el futuro se reforzara la plantilla de traductores y podrían incorporarse como asesores: expertos y académicos, en 2009 su personal ascendia a 60 miembros.

 

 

PersonalNº:
Policía Nacional18
Guardia Civil18
Centro Nacional de Inteligencia5
Funcionarios Civiles6
Traductores5
Personal de Servicio2

 

 

En 2005 el gobierno destino: 5.176.000 Euros, (unos 862 millones de pesetas) en la puesta en funcionamiento del CNCA, en 2006, el presupuesto del Centro fue de 2.830.000 Euros (unos 470 millones de pesetas). En Mayo de 2011 se conoce la incorporación de una docena de analistas de Policía, Guardia Civil y Centro Nacional de Inteligencia (CNI)

 

 

El Sistema de Coordinación de Operaciones Antiterroristas (SICOA):

Se trata de un programa y base de datos que seguirá, «de forma permanente», las investigaciones de Policía y Guardia Civil. Se trata, segun el ministro, de «un instrumento informático especialmente complejo» alimentado permanentemente por los trabajos de los tres Cuerpos. «Lo que permite, básicamente, es coordinar, evitar duplicidades y señalar caminos de coordinación cuando hay operaciones que permiten estos camino», precisó.

 

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Introduccion de datos en el SICOA

 

Todo ello se hará a través de una que una potente computadora que tanto el Cuerpo Nacional de Policía, Guardia Civil y CNI, se encargarán de ir «cebando» con los datos sobre las diferentes operaciones que pongan en marcha. El ordenador se encargará de clasificar toda la información y de avisar a ambos cuerpos de lo que está haciendo el otro para evitar así duplicidades y mejorar el rendimiento de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

 

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Centro de procesamiento de datos del CNCA

 

Sede del CNCA:

Inicialmente el CNCA ocupo la cuarta planta del edificio de la Comisaría General de Policía Judicial en el complejo policial de Canillas, una planta que se habia «blindado»: para poder entrar en las instalaciones, los miembros del organismo antiterrorista tenian que utilizar una llave especial que abre las puertas blindadas de las que se ha provisto al CNCA, ningún funcionario ajeno al CNCA podía pasar por la cuarta planta, camino a su puesto de trabajo o a la calle, teniendo que utilizar siempre el ascensor.

 

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Instalaciones del CNCA

 

Finalmente el Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista, se ha ubicado en la zona de las Rozas en Madrid, en un edificio inaugurado en 2007, fuertemente vigilado y protegido se aplican rigurosas medidas de seguridad sobre el acceso, la  documentación y las comunicaciones.

 

 

Coordinación Interior:

Además de la participación del Cuerpo Nacional de Policía, Guardia civil y Centro Nacional Antiterrorista, se ha firmado el «‘Protocolo de cooperación entre el Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista y el Cuerpo de los Mossos d’Esquadra para el intercambio de información relevante, análisis y evaluación de amenazas terroristas», dado que con el reformado estatuto los Mossos asumen competencias en la lucha contra el Terrorismo.

 

 

Este protocolo señala que «‘Las dos administraciones se comprometen a llevar a cabo las acciones de coordinación y apoyo de las actividades derivadas de la recogida de información, análisis, definición de estrategias y ejecución de operaciones en materia de lucha contra el terrorismo’, las lienas mas destacadas son:

 

  • El CNCA facilitara a los Mossos los estudios, informes y análisis de carácter estratégico que elabore y que, aún cuando no afecten directa o indirectamente a Cataluña, puedan servir para hacer una valoración de las tendencias seguidas por el terrorismo y conocer su contexto actualizado, tanto a nivel de España como en el internacional’

  • Los Mossos facilitaran al CNCA al CNCA de la información o informes que puedan tener relación con la lucha antiterrorista.

  • Se colaborara en la organización de actividades formativas en la Escuela de Policía de Cataluña.

 

En 2009 se firmo un  acuerdo, entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Interior del Gobierno Vasco garantizan la comunicación recíproca del estado de las informaciones y análisis de carácter estratégico en materia antiterrorista.

  • El CNCA facilitará a la Ertzaintza los estudios, informes y análisis de carácter estratégico que elabore y que, aun cuando no afecten directa o indirectamente a la Comunidad Autónoma del País Vasco, puedan servir para hacer una valoración de las tendencias seguidas por el terrorismo y conocer su contexto actualizado, tanto en el nivel de España como en el internacional.
  • Del mismo modo, la Ertzaintza proveerá al Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista de la información estratégica de la que pueda disponer en relación con la lucha antiterrorista.

Relaciones Exteriores:

El CNCA ha consolidado contactos estables y permanentes con sus centros homólogos en Estados Unidos, Alemania, Reino Unido, Francia, Austria, Indonesia, Además, se han mantenido contactos para establecer formas de cooperación estable con Arabia Saudí, país con el que se ha constituido un sistema seguro de intercambio de información, así como con Rusia (Comité Antiterrorista de la Federación Rusa), Austria, Eslovaquia, y Lituania entre otros. Algunos países como Polonia ya se han interesado por la experiencia del CNCA, que se ha ofrecido a desarrollar una labor de asesoramiento, el CNCA también se relaciona con otras instituciones europeas (EUROPOL).

 

 

Los acuerdos mas recientes del en materia de lucha contra el terrorismo -al menos suscritos por la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil-, han sido con el Departamento de Inteligencia de Jordania, y el Consejo de Seguridad Nacional de Israel el Gobierno por su parte ha firmado acuerdos que incluyen esta materia con Cabo Verde y Pakistán.

 

 

El Despliegue exterior se regula por el reciente Real Decreto 1300/2006, de 10 de noviembre, sobre organización y funciones de las Consejerías de Interior en las Misiones Diplomáticas de España, atribuye a estas la función de Proporcionar información a los órganos superiores y directivos del Ministerio del Interior y al Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista sobre las actividades que desarrollen en materia de lucha contra el terrorismo, el tráfico de drogas y demás expresiones de la criminalidad organizada que afecten a la seguridad interior de España.

 

La Estructura de las Consejerias es al Siguiente:

  • Consejero de Interior.

    • Agregados de Interior

Ante organismos, internacionales, y cuerpos y fuerzas de seguridad, existirán Oficiales de Enlace.

 

 

Recursos:

  • Acuerdo del Consejo de ministros del 28 de Mayo de 2004, por el que se crea el Centro Nacional de Coordinación antiterrorista.

Coordinacion de Seguridad Penitenciaria

Coordinación de Seguridad (CS) o Coordinación de Seguridad Penitenciaria (CSP), es una unidad administrativa dependiente directamente del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, constituye el punto de enlace y coordinación de la Administración Penitenciaria con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Dirección y Coordinación:

Está Dirigida por un Teniente Coronel de la Guardia Civil, y trabajan dentro del departamento miembros de la Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía, así como diversos Traductores (Euskera, Árabe, etc…).

Tiene especialistas designados en el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), si bien no existen relaciones estables de colaboración con el Centro Nacional de Inteligencia más allá de cuestiones concretas.

Organización Central:

  • Departamento de Seguridad: gestiona la seguridad de los centros, y de los empleados penitenciarios. Aquí tenemos un ejemplo de Nota Informativa alertando sobre posibles riesgos.
  • Departamento de Inteligencia: analiza y evalúa el material y comunicaciones intervenidas, y valora potenciales amenazas.

Organización Periférica:

En cada uno de los Centros Penitenciarios, existe un Subdirector de Seguridad, que es el principal responsable en la materia, así como un Oficina de Seguridad. Dentro de los centros es la Subdirección de Seguridad y la Oficina de Seguridad el enlace de Coordinación de Seguridad.

Grupos de Control y Seguimiento

En 2007 se comenzó a implantar en 5 centros penitenciarios los denominados “Grupos de seguimiento y control de internos que presentan características especiales“, este proyecto se haría oficial en 2008 mediante una Instrucción Reservada, y se ampliaría a más centros, también se comenta que se creara una Oficina Central de Internos de Especial Seguimiento.

En su comparecencia del 30 de Septiembre de 2008, ante el Congreso la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, señalo que se habia creado la “Unidad central de recepción, control, análisis y transmisión de la información” (notese que no son buenos abreviando nombres), asi como la creacion de una Manual sobre el Terrorismo Yihadista al objeto de que se pudiera detectar y prevenir.

Los denominados Grupos de Control y Seguimiento para operaban en 2010 en 53 de los más de 80 Centros Penitenciarios: su creación se fundamentaba en la aparición de nuevas formas de delincuencia organizada y, especialmente, la irrupción en la esfera internacional, y en particular en España.

La información que generan se deriva a un Grupo central “para la centralización, recepción, seguimiento y transmisión de la información generada” por los grupos en cada prisión. Éste es el órgano encargado de realizar el “intercambio de información” con Policía, Guardia Civil, Policías autonómicas y el Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado.

El Fichero de Internos de Especial Seguimiento (FIES)

Se trata de un fichero de carácter administrativo (no policial) que recopila información sobre determinados perfiles de internos:

FIES 1 CD (CONTROL DIRECTO)

Se incluyen internos especialmente conflictivos y peligrosos, protagonistas e inductores de alteraciones regimentales muy graves que hayan puesto en peligro la vida o integridad de los funcionarios, autoridades, otros internos o personal ajeno a la Institución, tanto dentro como fuera del centro con ocasión de salidas para traslados, diligencias u otros motivos.

FIES 2 DO (DELINCUENCIA ORGANIZADA)

Se incluyen internos ingresados en relación con delitos cometidos en el seno de organizaciones o grupos criminales, tanto si se trata de delitos independientes relacionados con la participación en los mismos, cuanto si en la tipificación de las infracciones se ha previsto específicamente un subtipo agravado por pertenencia a organización, así como internos de alto potencial de peligrosidad ingresados por su vinculación con asociaciones ilícitas.

FIES 3 BA (BANDAS ARMADAS)

Se incluyen todos aquellos internos ingresados por vinculación a bandas armadas o elementos terroristas, y aquéllos que, de acuerdo con los informes de las Fuerzas de Seguridad, colaboran o apoyan a estos grupos.

Para mejorar el control del Terrorismo Islamista Radical, se divide a los internos en tres grupos:

  • Grupo A: internos en prisión provisional o condenados por terrorismo.
  • Grupo B: internos no condenados por terrorismo pero con una actitud de liderazgo o proselitista, es decir, carismáticos que pueden llegar a ser captadores o reclutadores
  • Grupo C: internos que por sus circunstancias son más vulnerables a la captación y radicalización.

Con datos de Octubre de 2019, permanecen bajo seguimiento un total de 265 internos, por indicios de radicalismo o radicalismo confirmado, de ellos 14o pertenecen al Grupo A, 49 en el Grupo B y 76 en el Grupo C.

Por sexo de los 265 solo 13 son mujeres. Por nacionalidades, la mayoría son marroquíes, con 118 internos (51 en el grupo A y 30 en el B) seguidos de los españoles que son 88 (67 en el grupo A, 5 en el B y 16 en el C).

Retornados de zonas de conflicto hay un total de 12 internos, de los que 2 son mujeres (dos viudas de combatientes). Entre ellos hay españoles pero también de otros países como Luxemburgo o Dinamarca.

Se ha intentado poner en marcha un programa de desradicalizacion, que solo ha logrado apuntar a 23 internos (con datos de Octubre de 2018), sin mucho éxito. Con datos de Agosto de 2020, España tenia:

  • 117 condenados por terrorismo yihadista.
  • 50 reclusos con capacidad de liderazgo para aglutinar a otros presos en principio sin ideología yihadista.
  • 76 reclusos por otros delitos que no tienen nada que ver con terrorismo, que son susceptibles de ser captados.

FIES 4 FS (FUERZAS DE SEGURIDAD Y FUNCIONARIOS DE II.PP.)

Se incluyen los internos que pertenecen o han pertenecido a estos colectivos profesionales, al exigirse durante su internamiento determinadas cautelas, conforme a lo previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

FIES 5 CE (CARACTERISTICAS ESPECIALES)

  • Se incluyen diversos grupos de internos que dadas sus características criminológicas o penitenciarias, precisan de un especial seguimiento, por razones de seguridad:
  • Internos con un historial penitenciario de alta conflictividad, evasiones o violencia grave.
  • Autores de delitos graves contra las personas, la libertad sexual o relativos a la corrupción, que hayan generado gran alarma social.
  • Pertenecientes o vinculados a colectivos o grupos violentos.
  • Internos que sin estar procesados o condenados por terrorismo islamista, destaquen por su fanatismo radical, por su afinidad al ideario terrorista y por liderar o integrar grupos de presión o captación en el centro penitenciario.
  • Condenados por un Tribunal Penal Internacional
  • Colaboradores de la justicia contra bandas terroristas u otras organizaciones criminales

A principios de 2017, existian 451 internos por Terrorismo en los Centros Penitenciarios, entre los colectivos mas numerosos destacan:

  • Al Qaeda: 44
  • Daesh: 81
  • GIA: 2
  • Resistencia Galega: 9
  • GRAPO: 20
  • ETA: 284

Personal de II.PP

Cuenta con más de 25.000 funcionarios divididos en distintos cuerpos: Técnicos: Juristas y Psicólogos; Sanitarios: Médicos y Enfermeros; De Gestión: Cuerpo Especial, y los responsables de la Vigilancia y Custodia: Cuerpo de Ayudantes, anteriormente separado en dos escalas (masculina y femenina), suprimidas por la Ley de Igualdad.

El Personal de Instituciones Penitenciarias tiene prohibido el uso de armas de fuego, no van armados, y solo en situaciones justificadas pueden hacer uso de otros medios: la fuerza física, defensas de goma, aerosoles y esposas, en casos graves actúan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, normalmente la Guardia Civil, encargada de la vigilancia exterior de los Centros.

Se espera un incremento de este personal para hacer frente a la saturación de centros, que estaban específicamente amenazados por el grupo terrorista ETA, y ha sido objeto de atentados y secuestros, lo cual les obliga en determinados casos a adoptar medidas de autoprotección.

En Abril de 2021 se recordó a los Funcionarios: En España nos encontramos en el nivel 4 -de riesgo alto- en la valoración de la amenaza terrorista y si bien no se tienen datos en la actualidad de que exista una objetivación específica o explícita en nuestro país dirigida al colectivo penitenciario, todo el personal debe ser consciente de la necesidad de mantener la cautela necesaria al respecto en sus actuaciones profesionales y personales relacionadas con este perfil de población reclusa.

Lucha Contra el Terrorismo

La estrategia contra el terrorismo, ha incidido en la política penitenciaria, fundamentalmente a través de la polémica dispersión de los penados por causas terroristas, actualmente se ha detectado la colaboración, la organización de atentados, el reclutamiento y el establecimiento de redes de terrorismo islamista radical dentro de los Centros Penitenciarios, esto ha hecho adoptar una serie de medidas:

  • Desde noviembre de 2004, todas las personas que ingresan en prisión incursos en causas de terrorismo islamista son incluidos en el fichero de internos de especial seguimiento (FIES), en el grupo global Terrorismo Internacional.
  • Todos los internos acusados de terrorismo islámico tienen intervenidas las comunicaciones.
  • Se han contratado 30 intérpretes de árabe con la misión de traducir la documentación generada por los internos vinculados con el terrorismo internacional. Estos intérpretes han sido distribuidos en 21 centros penitenciarios.
  • Se han aplicado medidas de dispersión de estos internos, de modo que se encuentran distribuidos en 33 establecimientos. La misma política de dispersión se sigue cuando existen indicios de posible conformación de células terroristas en las prisiones y respecto a personas que ejercen liderazgo en la dirección del terrorismo internacional.
  • En la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, se ha creado un Grupo Especial de Seguimiento de otros internos musulmanes no incluidos en el archivo FIES que, por sus características y comportamiento en los centros, pudieran ser susceptibles de liderar grupos radicales o constituir células integristas en el seno de los mismos.
  • Los Subdirectores de Seguridad han recibido formación específica sobre terrorismo internacional, que ha sido impartida por especialistas de los cuerpos de seguridad del Estado y por expertos del Centro Nacional de Inteligencia.
  • Se ha creado un grupo de trabajo de coordinación en el Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado, además se integrara a un especialista de la seguridad de prisiones en el cuadro de analistas de inteligencia del CITCO.

En este sentido es muy recomedable la lectura del trabajo que me ha remitido «Cartledge»: Funcionario de Instituciones Penitenciarias y Licenciado en Derecho:

Competencias Penitenciarias de las Comunidades Autónomas:

Hay que tener en cuenta que la Comunidad Autonoma de Cataluña ejerce las competencias en materia penitenciaria desde 1983 a través de la Secretaria de Mesures Penals, Reinserció i Atenció a la Víctima, siendo el equivalente la denominada: Àrea d’Informació en Matèria de Seguretat, siendo los Mossos responsables de la seguridad exterior, que se encarga entre otros:

  • Gestionar el sistema de telefonía de internos (SGIP).
  • Gestionar las peticiones de matrículas de carácter reservado al personal
  • Coordinación con la policía de Catalunya (Mossos), sobre las detenciones, no reingresos y reingresos de internos.
  • Gestionar las comunicaciones con las víctimas de delitos de violencia doméstica.
  • Gestionar las consultas y solicitudes de las fuerzas de seguridad.
  • Realizar auditorías de seguridad y estudios funcionales de los centros penitenciarios,
  • Realizar labores de de información e investigación de actividades delictivas en los centros penitenciarios.

En 2021 se traspasaron las competencias penitenciarias también a la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, sin que se haya desarrollado su estructura, por que actualmente la seguridad se gestionara a través de los servicios de información de la Ertzaintza.

Secretaria General de Instituciones Penitenciarias

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La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que depende directamente del Ministro del Interior, ejerce de acuerdo al Real Decreto 734/2020, es la responsable del impulso, dirección, gestión y supervisión de las Instituciones Penitenciaras, a fin de que las penas y medidas penales alcancen los fines previstos constitucionalmente.

En 2020 la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias paso a depender directamente del Ministro del Interior, cambio la denominación de la Subdirección de Servicios por la de Planificación y Gestión Económica y amplio las competencias de su área de Inspección. Comprende la gestión penitenciaria en todo el territorio nacional, salvo en la Comunidad Autónoma de Cataluña donde se transfirieron las competencias en 1983 (que ejerce a través de la Secretaria de Mesures Penals, Reinserció i Atenció a la Víctima), se mantienen negociaciones para traspasarlas también a la Comunidad Autónoma del Pais Vasco.

Organización:

Funciones:

  1. La dirección superior del ejercicio de las competencias asignadas a la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social en materia de gestión regimental y tratamental de los centros penitenciarios, medio abierto, medidas alternativas y sanidad penitenciaria.
  2. La función de seguimiento, análisis e inspección sobre los servicios, organismos y centros de la Administración Penitenciaria, especialmente en lo que se refiere al personal, procedimientos, instalaciones y dotaciones, así como la resolución de las informaciones reservadas y la tramitación de los expedientes disciplinarios incoados a los funcionarios y personal laboral destinados en todas sus unidades.
  3. La coordinación en asuntos de su competencia con los órganos periféricos estatales, con las comunidades autónomas y con organismos e instituciones que puedan coadyuvar al mejor cumplimiento de los objetivos y fines de la Administración Penitenciaria.
  4. Dirigir la ordenación de los recursos humanos y la administración y gestión del personal que preste servicios en centros y unidades dependientes de la Secretaría General.
  5. La dirección de la gestión económica y financiera de la Secretaría General, así como las propuestas de revisión del Plan de Infraestructuras Penitenciarias y las relaciones con la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios y de la Seguridad del Estado, S.M.E., S.A.
  6. La planificación y ordenación normativa de las Instituciones Penitenciarias
  7. Promover el cumplimiento de los principios y valores institucionales y de la ética profesional del personal de la Institución Penitenciaria o que preste sus servicios en ella; del mismo modo, impulsar las políticas de igualdad y de prevención del acoso sexual o por razón de sexo, así como respecto del acoso laboral.

Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social:
Corresponde a la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social:

  1. La organización y gestión de las instituciones penitenciarias en lo relativo al régimen penitenciario de los centros penitenciarios.
  2. La adopción de las resoluciones administrativas precisas para la ejecución de las penas y medidas privativas de libertad, en relación con la observación, clasificación, destino y tratamiento de los internos.
  3. La organización de los servicios y procedimientos relativos a garantizar la seguridad de los centros penitenciarios y la consecución de un clima de respeto y convivencia en los centros.
  4. La gestión de la acción social a internos y liberados condicionales y el seguimiento de penas y medidas alternativas que sean de la competencia de la Administración Penitenciaria.
  5. El impulso y coordinación de programas de intervención con los internos, en particular, los de especial problemática.
  6. La formación, educación y cualquier otra actividad tendente al desarrollo de la personalidad de los internos en centros penitenciarios, así como la promoción de actividades culturales y deportivas, además de la coordinación de los programas de intervención de organizaciones no gubernamentales en los centros penitenciarios.
  7. La gestión de los internos que cumplen condena bajo el régimen abierto, y la planificación, coordinación y gestión de la acción social penitenciaria, así como la gestión, coordinación y seguimiento de la pena de trabajo en beneficio de la comunidad, de la pena de localización permanente que se cumple en centro penitenciario, de la suspensión de la ejecución de penas privativas de libertad y de la libertad condicional, elaborando los informes que sobre éstos requieran las autoridades judiciales.
  8. La planificación, organización y dirección de las actividades tendentes al mantenimiento y mejora de la higiene y la salud en el medio penitenciario y, en especial, el establecimiento de sistemas de información sanitaria y de vigilancia epidemiológica de las enfermedades prevalentes en el medio penitenciario, así como de las actividades de prevención, tratamiento y rehabilitación de drogodependencias.
  9. La ejecución de la medida de seguridad privativa de libertad de internamiento en establecimiento o unidad psiquiátrica penitenciaria, así como el seguimiento y control de la medida de seguridad de libertad vigilada postpenitenciaria que sea de la competencia de la Administración Penitenciaria.
  10. La coordinación de las actuaciones en la prestación de los servicios en materia de ejecución penal entre los órganos centrales y periféricos del Departamento, sin perjuicio de las competencias de otras unidades de la Secretaría General.

La Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social está integrada por los siguientes órganos directivos con nivel orgánico de subdirección general:

  1. La Subdirección General de Medio Abierto y de Penas y Medidas Alternativas:
    1. La gestión, coordinación y seguimiento de la pena de trabajo en beneficio de la comunidad, de la suspensión de la ejecución de penas privativas de libertad y de la libertad condicional, la libertad vigilada postpenitenciaria que es competencia de la Administración Penitenciaria, así como de la acción social penitenciaria.
    2. El seguimiento y supervisión de los internos cuando pasen a cumplir condena bajo el régimen abierto, la coordinación de los Centros de Inserción social y Secciones Abiertas, Unidades Dependientes y medidas de control telemático. Igualmente será competente en el diseño, implantación, seguimiento y evaluación de los programas de intervención y tratamiento destinados a los internos en régimen abierto.

  2. La Subdirección General de Sanidad Penitenciaria:
    1. La dirección de las actividades de mantenimiento y mejora de la higiene y salud en el medio penitenciario.

    2. El establecimiento de sistemas de información sanitaria y de vigilancia epidemiológica de las enfermedades prevalentes en el medio penitenciario.
    3. La prevención y tratamiento de las drogodependencias en el ámbito penitenciario, sin perjuicio de las competencias respecto a la elaboración y ejecución de programas específicos destinados a la rehabilitación y reinserción de este tipo de internos.

Subdirección General de Relaciones Institucionales y Coordinación Territorial:

  1. La coordinación territorial con los distintos servicios periféricos y la promoción de proyectos de colaboración institucional que permitan mejorar el cumplimiento de los fines de la institución penitenciaria.
  2. La coordinación y seguimiento de fórmulas de colaboración y cooperación institucional con organizaciones, entidades, instituciones y otros departamentos en materias de ejecución de penas de competencia de la Secretaría General.
  3. Las relaciones institucionales y la coordinación con los órganos periféricos de la Administración General del Estado, las comunidades autónomas, las provincias y los demás entes territoriales.
  4. Las relaciones de colaboración con otros organismos de carácter internacional en materia de ejecución penal, en coordinación con otros órganos del Departamento.

Subdirección General de Recursos Humanos:

  1. La ordenación de los recursos humanos y la administración y gestión del personal que preste servicio en los centros y servicios dependientes de la Secretaría General.
  2. La elaboración de previsiones de necesidades de personal y gasto para atenderlas, la elaboración y propuesta de modificación de las relaciones de puestos de trabajo, así como la realización de las actuaciones administrativas necesarias para posibilitar la selección del personal y la provisión de puestos de trabajo. Esta labor se llevará a cabo de modo coordinado con la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
  3. La formación y perfeccionamiento del personal perteneciente a los Cuerpos Penitenciarios adscritos a la Secretaría General.

Subdirección General de Planificación y Gestión Económica:

  1. La ejecución del presupuesto de gastos y la preparación y tramitación de los expedientes de contratación que sean de la competencia de la Secretaría General.
  2. La administración y gestión patrimonial de los inmuebles y equipamientos adscritos a la Secretaría General, así como de todos los medios materiales asignados a ésta.
  3. La evaluación de las necesidades de actuación en materia de mantenimiento y mejora de las infraestructuras y de los equipamientos, y la ejecución y el seguimiento de los programas y proyectos que correspondan.
  4. El apoyo técnico para la ejecución o puesta en funcionamiento de las actuaciones comprendidas en el Plan de Infraestructuras Penitenciarias, y la realización de todos los informes y controles técnicos precisos para el mantenimiento adecuado de las instalaciones penitenciarias.
  5. La elaboración y aplicación de los planes informáticos, en colaboración con las distintas unidades; el diseño, programación, implantación y mantenimiento de las aplicaciones informáticas y de las infraestructuras de información y comunicaciones, así como la asistencia técnica a los usuarios de los recursos informáticos y ofimáticos de la Secretaria General.
  6. La implantación y seguimiento de los proyectos de innovación tecnológica. Esta labor se coordinará con la realizada por la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo en el ámbito de su competencia.

Subdirección General de Análisis e Inspección:

  1. El seguimiento y evaluación de los resultados de las actividades penitenciarias que conlleva la ejecución penal
  2. La función inspectora sobre los servicios, organismos y centros de la Administración Penitenciaria, especialmente en lo que se refiere al personal, procedimientos, instalaciones y dotaciones.
  3. La tramitación de las informaciones reservadas y de los expedientes disciplinarios incoados a los funcionarios y personal laboral destinados en todas sus Unidades.
  4. La tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial que afecten a la Administración Penitenciaria.
  5. La atención y resolución de las quejas y reclamaciones de los internos relativos al funcionamiento y actuación de los servicios penitenciarios.

Se adscribe a la Secretaría General la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, que ejercerá sus funciones de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba su estatuto. Corresponde al titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias la presidencia de la entidad.

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