La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, sitúa a la BOA dentro de la Dirección Adjunta Operativa. Su regulación en detalle viene dará por una Orden Comunicada dentro del Cuerpo Nacional de Policía, la prensa se hizo eco de la BOA por primera vez el 11 de abril de 1994, aportando la siguiente información:
Se trataba de regular la prestación de servicios policiales en el entonces CESID. Para ello se creó esta nueva unidad operativa que «dependerá orgánicamente de la Dirección General de la Policía y funcionalmente del servicio de inteligencia».
Personal:
Estará integrada por el número de funcionarios que exija la función asignada, «actuando de acuerdo con las directrices emanadas por el jefe de la misma, dedicándose a esta función con carácter exclusivo y especializado, con la confidencialidad y reserva propias de su misión, de la que sólo darán cuenta al jefe de la unidad».
Asimismo, en la orden general, firmada por el ministro del Interior, se indica también que «las disfunciones que pudiera generar la actuación de esta brigada se resolverán a propuesta conjunta del Cesid (actual CNI) y de la Subdirección General Operativa de la Policía Nacional (actual Dirección Adjunta Operativa).
Dependencia:
La Brigada Operativa de Apoyo depende orgánicamente, de la Dirección Adjunta Operativa del Cuerpo Nacional de Policía. Si subimos en la línea orgánica se encuentra dentro de la Secretaria de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. Sin embargo su dependencia funcional por razones operativas se sitúa en el Centro Nacional de Inteligencia.
Funciones:
La citada orden le atribuye el ejercicio de las funciones policiales que le atribuye la normativa vigente. Es decir disponen de las atribuciones que les corresponden como miembros de las FCSE.
Despliegue y Personal:
Los miembros de la BOA tienen su ámbito de actuación es todo el territorio nacional, trabajando en Comisarías y Jefaturas Superiores. Dando su carácter «publico», y oficial pueden actuar también en el extranjero, dentro de los mecanismos y marcos de colaboración a nivel policial con otros países.
Respecto al personal la prensa público que a finales de 2012 se habían incorporado 30 efectivos todos ellos pertenecientes a la escala ejecutiva del CNP: inspectores o inspectores jefes, quedando su plantilla en aproximadamente 130 miembros.