Inicio Blog Página 28

Real Decreto 1091/2009, de 3 de julio, por el que se nombra Secretario de Estado Director del Centro Nacional de Inteligencia a don Félix Sanz Roldán.

A propuesta de la Ministra de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de julio de 2009,

Vengo en nombrar Secretario de Estado Director del Centro Nacional de Inteligencia a don Félix Sanz Roldán.

Dado en Madrid, el 3 de julio de 2009.
JUAN CARLOS R.

La Ministra de Defensa,
CARME CHACÓN PIQUERAS

Real Decreto 1090/2009, de 3 de julio, por el que se dispone el cese de don Alberto Saiz Cortés como Secretario de Estado Director del Centro Nacional de Inteligencia

A propuesta de la Ministra de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de julio de 2009,

Vengo en disponer el cese, a petición propia, de don Alberto Saiz Cortés como Secretario de Estado Director del Centro Nacional de Inteligencia, agradeciéndole los servicios prestados.

Dado en Madrid, el 3 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Defensa,
CARME CHACÓN PIQUERAS

Venezuela

El Gobierno de Venezuela derogo finalmente su polémica Ley Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, la estructura que presentaba creaba un sistema nacional de inteligencia con dos subsistemas: el Subsistema Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia Civil y el Subsistema Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Ello no obsta a que los dos principales organismos del país: el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), encargado de la inteligencia interior y la Dirección General de Inteligencia Militar (DGIM) encargada de la inteligencia exterior hayan sido reestructuradas.

Vicepresidencia de la República:

 

Ministerio de Defensa:

 

Evolución Histórica: La inteligencia en Venezuela se inicia en el año de 1963 con el primer curso impartido en la Escuela de Servicios del Ejército, continuándose estos hasta el año de 1974. Paralelamente son enviados Oceanía a especializarse en el área de inteligencia en diferentes países amigos como los Estados Unidos de NorteIberoamérica, Alemania, Argentina y Colombia.

En 1981 se funda la Escuela de Inteligencia de las Fuerzas Armadas (ESINFA), institución de reconocido prestigio internacional, que no sólo formó a personal militar y civil de los cuatro componentes de la Fuerza Armada Nacional, sino también a Oceanía y SubOceanía provenientes de países como: España, Honduras, Guyana, Colombia, Ecuador, Perú, México, Estados Unidos, y Taiwán.

La ESINFA funcionó hasta el año 2000 cuando se crea el Centro de Estudios Militares Avanzados (CEMA), instituto que asume entonces la preparación del capital humano tanto militar como civil en esta especialidad, hasta el año 2001.

En el año 2002, la Dirección General de Inteligencia Militar asume la formación de sus funcionarios civiles operativos con la creación de la Escuela de Inteligencia Militar. En ese mismo año, la Escuela de Operaciones Psicológicas del Ejército Venezolano, asume la función, hasta la presente fecha, de capacitación del personal de Oceanía y SubOceanía Profesionales de Carrera, en la especialidad de inteligencia militar.

En Venezuela los servicios de inteligencia se circunscriben principalmente a dos instituciones encargadas de garantizar la seguridad interna y externa del Estado.

El Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), es el ente designado para velar por la seguridad interna, mientras que, el Ministerio de la Defensa, a través de la Dirección General de Inteligencia Militar (DGIM), se ocupa de la búsqueda, proceso, análisis y difusión de la información de tipo militar tanto interna como externa, que coadyuve en la toma de decisiones estratégicas a las autoridades militares y al propio poder Ejecutivo, representado en el ciudadano presidente de la República Bolivariana de Venezuela.

Uruguay

Sistema Nacional de Inteligencia de Estado (SNIE)

El Poder Ejecutivo fijará la Política Nacional de Inteligencia (PNI) a fin de contribuir a facilitar la toma de decisiones políticas al más alto nivel del Gobierno Nacional. El Sistema Nacional de Inteligencia de Estado está integrado por:

  • La Secretaría de Inteligencia Estratégica de Estado.
  • Los órganos que desarrollan tareas de Inteligencia y Contrainteligencia de los Ministerios del Interior, de Defensa Nacional, de Relaciones Exteriores y de Economía y Finanzas.
  • Los organismos del Estado que, por la información que manejaren o por sus capacidades técnicas, puedan contribuir al propósito del Sistema Nacional de Inteligencia de Estado.

Presidente de la República:

Secretaria de Inteligencia Estratégica del Estado (SIEE): Su  misión será producir Inteligencia Estratégica de Estado para asesorarlo, a fin de apoyar la toma de decisiones estratégicas orientadas a la consecución de los objetivos nacionales.

  • Formular el Plan Nacional de Inteligencia, para conocimiento y aprobación del Poder Ejecutivo.
  • Diseñar y ejecutar los programas y presupuestos de Inteligencia inscritos en el Plan Nacional de Inteligencia.
  • Coordinar el funcionamiento del Sistema Nacional de Inteligencia de Estado.
  • Procesar la información proporcionada por los órganos integrantes del Sistema Nacional de Inteligencia de Estado, en los ámbitos nacional e internacional, con el fin de producir Inteligencia Estratégica de Estado.
  • Conducir el relacionamiento con los organismos de Inteligencia Estratégica de otros Estados.
  • Proponer normas y procedimientos estandarizados comunes para todos los órganos del Sistema Nacional de Inteligencia de Estado.
  • Disponer la aplicación de medidas de inteligencia y contrainteligencia, con objeto de detectar y enfrentar las amenazas definidas por la Política de Defensa Nacional, así como otras amenazas al Estado.
  • Elaborar eñ Informe Anual de Actividades de Inteligencia deberá incluir aspectos presupuestales, de gestión, el Plan Nacional de Inteligencia, el plan de colección de datos y directivas de trabajo de cada una de las agencias que desarrollan actividades de inteligencia de Estado.

Para el cumplimiento de sus cometidos la Secretaría de Inteligencia Estratégica de Estado podrá requerir la información que estime necesaria de los órganos estatales, así como de las personas públicas no estatales o personas jurídicas de derecho privado cuyo capital social esté constituido, en su totalidad o en parte, por participaciones, cuotas sociales de acciones nominativas propiedad del Estado o de personas públicas no estatales.

Toda operación de búsqueda de información que deba realizar cualquier órgano componente del Sistema de Inteligencia Estratégica de Estado, involucrando procedimientos especiales que puedan afectar la libertad y privacidad de los ciudadanos, deberá ser autorizada por el Poder Judicial. Se entiende por procedimientos especiales de obtención de información, los que permiten el acceso a antecedentes relevantes contenidos en fuentes cerradas o que provienen de ellas, que aporten antecedentes necesarios al cumplimiento de la misión operativa específica de cada agencia de inteligencia, tales como los siguientes procedimientos:

  • La intervención de las comunicaciones telefónicas, informáticas, radiales y de la correspondencia en cualquiera de sus formas.
  • La intervención de sistemas y redes informáticos.
  • La escucha y grabación electrónica incluyendo la audiovisual.
  • La intervención de cualesquiera otros sistemas tecnológicos destinados a la transmisión, almacenamiento o procesamiento de comunicaciones o información.
  • Se podrán autorizar, en forma escrita y debidamente clasificada, que el personal de su dependencia, en el cumplimiento de tareas específicas del servicio y en el marco de las disposiciones de esta  ley, oculte  su  identidad  oficial y  actúe en forma encubierta para la obtención de  antecedentes e informaciones.

Los órganos de inteligencia estarán sujetos al control interno y externo que corresponda a su ubicación orgánica e institucional. El control interno será realizado por el Director o Jefe de cada órgano, así como por los respectivos superiores en la cadena jerárquica de la Administración Pública. Una comisión parlamentaria bicameral con el cometido de controlar y supervisar la actuación del Sistema Nacional de Inteligencia de Estado en la que participarán legisladores de todos los partidos políticos con representación parlamentaria.

Ministerio del Interior:

Dirección Nacional de Inteligencia: Es un servicio policial especializado, auxiliar de la Justicia, cuyas actividades esenciales son obtener, analizar y procesar la información que sea necesaria para la prevención y eventual represión de los hechos que atenten contra la tranquilidad, el orden y el orden institucional, en cumplimiento de las normas de la Constitución de la República y la Ley Orgánica Policial. Tiene como cometidos:

a) Investigar y someter a la Justicia competente a los autores, cómplices y encubridores de aquellos delitos denominados “Contra la soberanía del Estado, contra los Estados Extranjeros, sus Jefes o Representantes” así como los “Delitos contra el orden político interno del Estado” y los “delitos contra la paz pública”,

b) Asesorar a los Jefes o Directores de cualquier dependencia pública respecto a las medidas de seguridad a adoptarse en locales y para la protección de documentos del Estado.

c) Prestar custodia y dar seguridad a los gobernantes extranjeros que por cualquier motivo se encuentran dentro del territorio nacional.

d) Cooperar con las reparticiones pertinentes, en el contralor de entrada y salida de personas del territorio nacional

Ministerio de Defensa

Estado Mayor de la Defensa (ESMADE): responsable de la inteligencia militar, tiene asignado: realiza la planificación y coordinación de operaciones combinadas, centralizando en su organización los diferentes temas vinculados con la inteligencia militar. También es la oficina encargada de los Agregados Militares del Uruguay acreditados ante gobiernos extranjeros.

Sahara Occidental

El Sahara Occidental es un territorio ocupado por Marruecos, todavía no se ha legalizado lo que es un hecho: la apropiación marroquí, posiblemente termine con una autonomía limitada, por lo que en ese territorio operan los servicios de inteligencia marroquíes, a los que hay que remitirse.

Existen cerca de 200.000 exiliados saharauis viviendo en campamentos de refugiados en el desierto (alrededor de Tindouf en Argelia) que proclamaron: La República Árabe Saharaui Democrática (RASD), así esta reconocida por la Organización para La Unidad Africana desde 1979, en 1993 unos 75 países habían reconocido oficialmente a la RASD.

Los Saharauis han creado un gobierno en el exilio, que respondería a esta estructura, pero básicamente dependen de la inteligencia de Argelia:

El Comité Ejecutivo del Frente Polisario

Secretario General del Frente Polisario (Jefe de Estado)

El Gobierno de la República (Poder ejecutivo)

  • Primer Ministro
  • Ministerio de Interior y Justicia
  • Ministerio de Defensa
  • Ministerio de la Seguridad y Documentación: seria el servicio se inteligencia de la República Saharaoui.

El Consejo Nacional (Poder legislativo)

Los servicios secretos marroquíes vigilan muy de cerca la actividad del Frente Polisario, así como sus delegaciones en el exterior.

Republica Dominicana

Departamento Nacional de Investigaciones (DNI)

Como Agencia de Inteligencia, recolecta, procesa y disemina información referente a la seguridad del Estado y sus instituciones, cuyo producto está destinado a servir de base, a la toma de decisiones de los más altos niveles de mando de la nación.

También tiene como misión la colecta, procesamiento y diseminación relativos al crimen organizado, nacional o extranjero, a fin de poder detectar los indicadores que revelen el desarrollo de las actividades delictivas que atentan contra la seguridad del Estado, el orden público, la Constitución y las leyes.

Estructura:

  • Director
  • Consejo de Asesores
  • Asesoría Jurídica
  • División de Asuntos Administrativos
  • División de Asuntos Financieros
  • División de Asuntos Extranjeros
  • División de Comunicaciones Internas
  • División de Contrainteligencia
  • División de Protección Presidencial
  • División de Protección VIP
  • División de Relaciones Internacionales
  • División de Registro y Antecedentes
  • División de Enlaces Internacionales
  • División de Operaciones de Inteligencia
  • División de Inteligencia Estratégica
  • División de Investigaciones

Escuela

  • Sección de Entrenamiento
  • Sección de Evaluación
  • Cuerpo de Instructores

Otros Organismos de Inteligencia:

  • Dirección de Inteligencia Delictiva de la Policía Nacional (DINTEL)
  • Dirección de Inteligencia del estado Mayor Conjunto (J2)
  • Auxiliar de Inteligencia G2 del Ejercito
  • División de Inteligencia de la Marina de guerra (M2)
  • Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea (A2)

Portugal

Portugal tiene un complejo sistema de inteligencia denominado Sistema de Informações da República Portuguesa (SIRP) tiene su origen en 1984, la Ley del Sistema es de 2004, si bien en 2007 se ha modificado la estructura orgánica, marco legal y competencias del SIS y el SIED, reforzando la coordinación a través del Secretario del SIRP, quedando la siguiente estructura, bajo la dirección del Secretário-Geral do SIRP:

La reforma de 2007, también intento unificar diversas funciones de ambos servicios (SIS y SIED), así se establecieron varios departamentos del SIS y el SIED en servicios comunes a ambos organismos: recursos humanos, administración, apoyo técnico, y tecnologías de la información.

Primer Ministro:

  • Conselho Superior de Informações (CSI)

Ministerio del Administración Interna:

Ministerio de Defensa:

El Conselho Superior de Informações (CSI) es el organismo superior de coordinación del SIRP, y esta formado por el Primer Ministro: el Ministro del Interior; el Ministro de Defensa Nacional, el Ministro de Justicia; el Ministro de Relaciones Exteriores; el Ministro de Finanzas; Presidentes de Gobiernos Regionales El Jefe del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas; El Secretario General del SIRP; y dos miembros designados por la Asamblea de la República.

La Unidade de Coordenação Anti-Terrorista (UCAT) integra las entidades involucradas en la lucha contra el terrorismo: El Serviço de Informações de Segurança (SIS), o Serviço de Informações Estratégicas de Defesa (SIED), a Policia Judiciária y el Serviço de Estrangeiros e Fronteiras (SEF).

El Conselho de Fiscalização dos Serviços de Informações o Consejo de control de los Servicios de Información esta formado por tres diputados elegidos por la Asamblea de la Republica, en voto secreto y con una duración en su mandato de cuatro años, su labro es fiscalizar, inspeccionar y controlar la labor de los servicios e informar a la asamblea.

La Comissão de Fiscalização dos Centros de Dados: Los Centros de Datos constituyen las bases de datos independientes tanto del SIS como del SIED, donde se recoge, almacena y trata la información que manejan estos servicios, se encuentran bajo la orientación de un Funcionario nombrado por el Primer ministro a propuesta del Secretario General del SIRP. La actividad de estos centros de datos se encuentra bajo el control de esta comisión, con sede en la Procuradora General de la Republica y formada por tres representantes del ministerio publico.

Finalmente en materia de inteligencia estrictamente militar hay que destacar el Centro de Informações e Segurança Militar (CISMIL), dentro del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas y responsable de  asegurar la producción de la información necesaria para llevar a cabo las misiones de las Fuerzas Armadas y garantizar la seguridad militar. El CISMIL se encarga de promover sistemáticamente la investigación, análisis y procesamiento de noticias y la difusión y archivo de la información producida.

Peru

Peru: Servicios de Inteligencia y Espionaje
peru

En 2001 la Ley 27.479 creo en Perú el denominado Sistema de Inteligencia Nacional (SINA), mediante esta ley se creaba el Consejo Nacional de Inteligencia (CNI), la Direcciona Nacional de Inteligencia Estratégica (DNIE), y se regulaban los organismos de inteligencia del sector defensa, sector interior y otros sectores. En 2006 la Ley 28.664 derogo la anterior, configurando definitivamente dicho sistema.

El Sistema de Inteligencia Nacional (SINA): es el conjunto de instituciones del Estado funcionalmente vinculados, que actúan coordinadamente en la producción de inteligencia y ejecución de medidas de contrainteligencia, para la toma de decisiones, frente a las amenazas y/o riesgos actuales y potenciales contra la seguridad nacional. La estructura del Sistema de Inteligencia Nacional está compuesta por:

El Consejo de Inteligencia Nacional (COIN)

Ministerio de Defensa

Ministerio del Interior:

  • Dirección General de Inteligencia (DIGIMIN): del Ministerio del Interior coordina y centraliza la inteligencia relacionada al orden interno, seguridad pública, seguridad ciudadana, crimen organizado y nuevas amenazas transnacionales, que produce la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional y las informaciones que brindan las autoridades políticas.
  • Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional (DIRIN): tiene a su cargo la dirección y producción de inteligencia especializada dispuesta por su sector.

Ministerio de Relaciones Exteriores:

  • Dirección General de Asuntos de Seguridad y Defensa: coordina, centraliza, recolecta, analiza y canaliza la información vinculada con los intereses y objetivos permanentes del Estado en el ámbito exterior.
elcoin
El Consejo de Inteligencia Nacional (COIN)
La reunión de los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional constituye el Consejo de Inteligencia Nacional – COIN. El Consejo de Inteligencia Nacional – COIN es la máxima instancia colegiada del Sistema de Inteligencia Nacional – SINA, encargado de orientar las actividades de inteligencia y contrainteligencia. Tiene carácter deliberativo y resolutivo. Es presidido por el Director Ejecutivo de la DINI, y lo integran:

a) El Jefe de la Segunda División de Estado Mayor del Comando Conjunto de las FF.AA
b) El Director General de Inteligencia del Ministerio del Interior – DIGIMIN.
c) El Director de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú – DIRIN.
d) El Director General de Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Participan en el Consejo de Inteligencia Nacional – COIN, a invitación, los Directores de Inteligencia de las Fuerzas Armadas; así como las personas y funcionarios que se estimen pertinentes. Son funciones del Consejo de Inteligencia Nacional :

a) Deliberar y resolver la orientación de las actividades de inteligencia y contrainteligencia en función de las amenazas y/o riesgos contra la seguridad nacional y el Estado democrático de derecho.
b) Revisar y dar su conformidad al Plan Anual de Inteligencia – PAI; luego de lo cual, lo remite para su aprobación por el Consejo de Seguridad Nacional el mismo que supervisa y evalúa su cumplimiento.
c) Aprobar la doctrina, criterios y procedimientos necesarios para la operatividad común de los componentes del Sistema de inteligencia Nacional.
controles
El Control Judicial de las actividades inteligencia se realiza por dos Vocales de la Corte Suprema designados al efecto, el Control Parlamentario se efectúa por la Comisión de Inteligencia del Congreso de la Republica.
  • Control judicial para operaciones especiales: Para el control judicial de las operaciones especiales, la Corte Suprema de Justicia de la República designa dos Vocales Superiores Ad hoc. Las operaciones especiales requieren autorización judicial otorgada por cualquiera de los dos Vocales Superiores Ad hoc del Poder Judicial. Todo el proceso constituye información clasificada como secreta.
  • Control por la Comisión de Inteligencia del Congreso: La fiscalización de las actividades del Sistema de Inteligencia Nacional – SINA, por el Congreso de la República, es ejercida por la Comisión de Inteligencia, o la que haga sus veces. La Comisión de Inteligencia puede requerir información clasificada y no clasificada a todos los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional – SINA, por intermedio de la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI, e investigar de oficio. Asimismo puede requerir información clasificada a los Vocales Superiores Ad hoc.

Paraguay

El Sistema Nacional de Inteligencia: está compuesto por un conjunto de organismos de inteligencia, independientes entre sí, funcionalmente coordinados y articulados para crear conocimiento útil, sistemáticamente organizados en materia de inteligencia y contrainteligencia, para presentarlos a disposición del Presidente de la República y a los diversos niveles superiores de conducción del Estado, con el objetivo de garantizar la paz y seguridad del Estado, proteger la soberanía nacional, preservar el orden constitucional y el régimen democrático vigente. El Sistema Nacional de Inteligencia (SINAI) estará compuesto por:

  • El Consejo Nacional de Inteligencia (CNI): órgano colegiado, con carácter consultivo y deliberante, estará encargado de orientar las actividades de los órganos componentes del Sistema Nacional de Inteligencia (SINAI), estará compuesto por: El Secretario Nacional de Inteligencia, quien lo presidirá; El Ministro del Interior; El Ministro de Defensa Nacional; El Secretario Ejecutivo de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD); y, El Ministro de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD).
  • La Secretaría Nacional de Inteligencia (SIN), como entidad autárquica dotada de personería jurídica de derecho público y con autonomía administrativa y funcional, de carácter técnico y especializado.

Los organismos de inteligencia que componen el Sistema Nacional de Inteligencia (SINAI), son los siguientes:

  • Dirección de Inteligencia Estratégica del Ministerio de Defensa Nacional.
  • Dirección General de Inteligencia de las Fuerzas Militares.
  • Dirección de Inteligencia del Ministerio del Interior.
  • Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional.
  • Dirección de Inteligencia de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD).
  • Dirección General de Análisis Financiero de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes.

La Secretaría Nacional de Inteligencia tiene las siguientes funciones:

  • Recolectar y procesar información de todos los ámbitos del nivel nacional e internacional, con el fin de producir inteligencia y de efectuar apreciaciones globales y sectoriales, de acuerdo con los requerimientos efectuados por el Presidente de la República.
  • Elaborar informes periódicos de inteligencia, de carácter secreto, que se remitirán al Presidente de la República y a los ministerios u organismos que este determine.
  • Proponer normas y procedimientos de protección de los sistemas de información crítica del Estado.
  • Requerir de los organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas de la Nación, de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, de las Secretarías especializadas, así como de cualquier institución, entidad o empresa pública; la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Los requeridos deberán suministrar los antecedentes e informes en los mismos términos en que les sean solicitados.
  • Poner a disposición del Presidente de la República y a los órganos que este demande, conocimiento útil de inteligencia criminal con el objeto de detectar, neutralizar y contrarrestar las acciones de grupos terroristas nacionales o internacionales, y de organizaciones criminales transnacionales, ajustándose siempre a los principios de la presente Ley, los alcances del Sistema Nacional de Inteligencia (SINAI), la Constitución Nacional y la legislación vigente.
  • Poner a disposición del Presidente de la República y a los órganos que este demande, conocimiento útil de contrainteligencia con el propósito de detectar, neutralizar y contrarrestar las actividades de inteligencia desarrolladas por grupos nacionales o extranjeros, o sus agentes, que estén dirigidas contra la paz y seguridad del Estado, sus autoridades, la defensa nacional y/o el régimen democrático.
  • Organizar y dirigir una instancia de coordinación técnica entre los organismos integrantes del Sistema Nacional de Inteligencia (SINAI), destinada a optimizar, regular, revisar y evaluar el flujo e intercambio de información e inteligencia y de facilitar la cooperación mutua.

El Secretario Nacional de Inteligencia será nombrado y removido por el Presidente de la República. Debe ser ciudadano paraguayo; haber cumplido 35 años de edad; no poseer antecedentes penales ni policiales; tener reconocida solvencia moral; título universitario; reconocido conocimiento y experiencia en el área de seguridad, defensa y desarrollo nacional.

Dirección de Inteligencia Estratégica del Ministerio de Defensa Nacional: El Ministerio de Defensa Nacional coordinará las acciones de los distintos organismos encargados de la inteligencia militar, con la Secretaría Nacional de Inteligencia (SIN).

Objetivos y Funciones:

  • Planificar y aplicar los sistemas y medios a su alcance, necesarios para obtener información para la Defensa. Asesorar y/o planificar sobre asuntos de interés para la Defensa Nacional.
  • Produce y provee información estratégica interna y externa, en forma permanente y oportuna, a los componentes del sector defensa y otros organismos del Estado, para contribuir a la conducción estratégica de la Defensa Nacional.
  • Establece una Red de información que integren al Sector Defensa y otros organismos del Estado, dentro y fuera del país.

Organización:

  • División de Análisis: Analiza la situación del adversario y las características de la zona para determinar las capacidades y vulnerabilidades. Realiza los estudios para determinar los blancos potenciales y propone los blancos a ser analizados. Presenta a la Jefatura la evaluación y conclusiones de los estudios realizados, en tiempo oportuno. Reciben, evalúan, interpretan y difunden información en las áreas de inteligencia exterior e interior.
  • División de Operaciones: Propone las normas de inteligencia. Propone los objetivos y normas de inteligencia. Prepara informes, incluyendo la parte de inteligencia del Informe Periódico de Inteligencia, de acuerdo a lo ordenado por la Jefatura. Tiene a su cargo la reunión y proceso, y difusión de Inteligencia.
  • División de Contra información: Responsable de la protección del personal y las instalaciones, de la salvaguarda de la información y documentación y de la seguridad y funcionamiento del Departamento. Propone las normas de contrainteligencia. Prepara las apreciaciones, planes, órdenes y los anexos de inteligencia, así como los resúmenes e informes del Departamento. Proporciona la orientación y requerimientos para las actividades de seguridad, contra sabotaje y censura. Coordina las actividades de seguridad con los demás Departamentos. Planea, propone y supervisa los aspectos de contrainteligencia de la Jefatura y personal de inteligencia agregados y asignados. Supervisa y coordina la reunión y mantenimiento de los registros correspondientes de las informaciones. Orienta y planea las actividades de Seguridad de las comunicaciones. Mantiene el registro de grado de autorización concedido al personal para el conocimiento de documentación y material clasificado.
  • Sección de Análisis Político Económico:  Recibe informaciones del ámbito político y económico, de organismos nacionales y órganos integrantes de la Comunidad Internacional. Coordina la producción de análisis sobre el factor político y económico que pudieran afectar a la Defensa Nacional. Adopta medidas de contrainteligencia referidas a documentaciones y materiales en su área de responsabilidad.
  • Sección de Análisis Militar/Psicosocial/Científico/Tecnológico: Mantiene canales de comunicación con los organismos que correspondiere, a fin de facilitar el flujo de información o concertación de actividades que resultaren pertinentes para el cumplimiento del objetivo. Coordina la producción de análisis sobre el factor militar, Psicosocial y científico tecnológico del ámbito interno y externo. Adopta medidas de contrainteligencia referidas a documentaciones y materiales.
  • Sección de Operaciones Nacionales: Coordina, integra y orienta el esfuerzo de obtención propia y de organismos cooperantes, referentes a las informaciones y/o actividades que pudieran afectar los intereses nacionales. Mantiene enlaces con las comunidades informativas en su área de responsabilidad. Adopta las medidas de contrainteligencia referidos a su área de responsabilidad. Ejerce la administración de los recursos materiales en su área de responsabilidad.
  • Sección de Operaciones Internacionales: Obtiene y analiza las informaciones internacionales a Nivel Estratégico. Elabora informes para satisfacer necesidades propias del Departamento y pedidos de otros organismos. Mantiene enlaces con la comunidad informativa y otros sistemas de Inteligencia a nivel Internacional. Adopta medidas de contrainteligencia referidas a documentos y materiales.

El Servicio de Inteligencia Policial: El Ministerio del Interior coordinará las acciones de los distintos organismos encargados de la inteligencia policial, con la Secretaría Nacional de Inteligencia (SIN).

El Servicio de inteligencia de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD): La Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD) coordinará sus funciones de obtención de inteligencia en materia de producción y tráfico ilícito de las sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas, con la Secretaría Nacional de Inteligencia (SIN), bajo el principio de cooperación interinstitucional, sin perjuicio de sus funciones específicas y deberes que le son propios de acuerdo con la legislación específica en la materia.

Dirección General de Inteligencia Criminal: La producción de inteligencia referida a las actividades ilícitas que por su naturaleza, magnitud, consecuencias previsibles, peligrosidad o modalidades, afectan a bienes jurídicos tutelados por la Constitución Nacional y el sistema normativo vigente, estará a cargo de la Dirección de Inteligencia Criminal (DIC).

Panama

Consejo de Seguridad Nacional y Defensa: Es el principal organismo de inteligencia, depende de la Presidencia de la República y fue creado en 1990. Sus funciones son informar al Presidente de la República sobre los asuntos relacionados con el orden público incluyendo hechos o circunstancias que pongan poner en peligro la seguridad pública y la defensa nacional, se encuentra bajo el mando de un Secretario Ejecutivo nombrado por el Presidente, de el depende:

  • El Comité de Seguridad Nacional (COSEN)
  • El Comité de Eventos Críticos (COEC)

Dirección Nacional de Inteligencia Policial (DNIP): produce inteligencia estratégica y operativa; conocimiento de las amenazas, criminalidad y las demandas sociales, para orientar la toma de decisiones frente a los factores de perturbación del orden público, la seguridad y la defensa, por parte de los controles y el gobierno.

  • Departamento de Análisis
  • Departamento de Operaciones
  • Departamento de Inteligencia
  • Departamento de Contrainteligencia

Otros Organismos de Inteligencia: la Dirección nacional de inteligencia del Servicio Nacional de Fronteras, la dirección nacional de inteligencia del servicio aeronaval,