Sistema Nacional de Conducción de Situaciones de Crisis
Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis (Sustituida por el Consejo de Seguridad Nacional)
Comisión de Apoyo a la Comisión Delegada.
Grupos de Apoyo de Diversos Ministerios
Células Interministeriales Ad Hoc de Crisis
Departamento de Infraestructura y Seguimiento de Situaciones de Crisis (Sustituido por el Departamento de Seguridad Nacional)
Unidad de Alerta y Seguimiento
Servicio Permanente de Alertas
Unidad de Conducción de Crisis
Centro Nacional de Conducción de Situaciones de Crisis
Unidad de Infraestructura
Estructura del Sistema
El Real Decreto 385/2013, de 31 de mayo que crea el Consejo de Seguridad Nacional establece que:
- Se suprime la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis. Asimismo, quedan suprimidos la Comisión de Apoyo y el Comité Nacional de Planes Civiles de Emergencia.
- Las referencias que se contengan en la normativa vigente a la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis se entenderán realizadas al Consejo de Seguridad Nacional.
- Las funciones atribuidas al Comité Nacional de Planes Civiles de Emergencia como órgano interministerial de apoyo a la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis, serán asumidas por el correspondiente Comité Especializado que se constituya al efecto.
- Las funciones de la Comisión de Apoyo de la Comisión Delegada del Gobierno para situaciones de Crisis serán asumidas por el órgano que determine el Consejo de Seguridad Nacional.
Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis
La Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis, de acuerdo al de acuerdo al Real Decreto 1886/2011 tendrá la siguiente composición:
- El Presidente del Gobierno, que la presidirá.
- La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia.
- El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación
- El Ministro de Defensa
- El Ministro del Interior
- El Ministro de Fomento.
- El Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno
- El Secretario de Estado de Seguridad
- El Secretario de Estado-Director del Centro Nacional de Inteligencia.
El Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno ejercerá las funciones de Secretario de la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis.
Corresponde a la citada Comisión, aprobar la normativa necesaria para el establecimiento de un sistema de conducción de situaciones de emergencia o crisis, tanto de carácter nacional como internacional, que puedan atentar a la vida, seguridad o bienestar de los españoles; aprobar los planes y programas de infraestructura y actuación que sean precisos para garantizar la continuidad de la acción del Gobierno y el funcionamiento normal de la vida ciudadana; y dirigir y coordinar las actuaciones encaminadas a prevenir, controlar y conducir las situaciones de crisis.
Existe una comisión de apoyo a la CDGSC, con funciones mas ejecutivas sobre el sistema y responsable de atender las crisis de perfil medio, así como grupos de apoyo en los distintos ministerios, para determinadas crisis, se pueden crear específicamente células interministeriales.
Comision de Apoyo a la Comision Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis
- Secretario General de Presidencia del Gobierno
- Secretario de Estado de Asuntos Exteriores
- Secretario de Estado de Seguridad
- Secretario de Estado de Presupuestos y Gastos
- Director General de Política de Defensa
- Director General de Protección Civil
- Director General de la Oficina del Portavoz del Gobierno
- Subdirector del Gabinete de la Presidencia del Gobierno
Tipos de Crisis, Niveles de Activación y Responsables.
Tipo de Crisis | Órgano Activado | Responsable |
Situación Normal | Servicio Permanente de Alertas (SPA) | Responsable del SPA |
Crisis de Perfil Bajo | Creación de Células Interministeriales de Crisis | Director del DISSC |
Crisis de Perfil Medio | Comisión de Apoyo de la Comisión Delegada | Secretario de la CDGSC |
Crisis de Perfil Alto | Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis | Presidente del Gobierno |