Paraguay

El Sistema Nacional de Inteligencia: está compuesto por un conjunto de organismos de inteligencia, independientes entre sí, funcionalmente coordinados y articulados para crear conocimiento útil, sistemáticamente organizados en materia de inteligencia y contrainteligencia, para presentarlos a disposición del Presidente de la República y a los diversos niveles superiores de conducción del Estado, con el objetivo de garantizar la paz y seguridad del Estado, proteger la soberanía nacional, preservar el orden constitucional y el régimen democrático vigente. El Sistema Nacional de Inteligencia (SINAI) estará compuesto por:

Los organismos de inteligencia que componen el Sistema Nacional de Inteligencia (SINAI), son los siguientes:

La Secretaría Nacional de Inteligencia tiene las siguientes funciones:

El Secretario Nacional de Inteligencia será nombrado y removido por el Presidente de la República. Debe ser ciudadano paraguayo; haber cumplido 35 años de edad; no poseer antecedentes penales ni policiales; tener reconocida solvencia moral; título universitario; reconocido conocimiento y experiencia en el área de seguridad, defensa y desarrollo nacional.

Dirección de Inteligencia Estratégica del Ministerio de Defensa Nacional: El Ministerio de Defensa Nacional coordinará las acciones de los distintos organismos encargados de la inteligencia militar, con la Secretaría Nacional de Inteligencia (SIN).

Objetivos y Funciones:

Organización:

El Servicio de Inteligencia Policial: El Ministerio del Interior coordinará las acciones de los distintos organismos encargados de la inteligencia policial, con la Secretaría Nacional de Inteligencia (SIN).

El Servicio de inteligencia de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD): La Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD) coordinará sus funciones de obtención de inteligencia en materia de producción y tráfico ilícito de las sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas, con la Secretaría Nacional de Inteligencia (SIN), bajo el principio de cooperación interinstitucional, sin perjuicio de sus funciones específicas y deberes que le son propios de acuerdo con la legislación específica en la materia.

Dirección General de Inteligencia Criminal: La producción de inteligencia referida a las actividades ilícitas que por su naturaleza, magnitud, consecuencias previsibles, peligrosidad o modalidades, afectan a bienes jurídicos tutelados por la Constitución Nacional y el sistema normativo vigente, estará a cargo de la Dirección de Inteligencia Criminal (DIC).

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