Las funciones del Centro Nacional de Inteligencia se encuentran recogidas en el articulo 4 de la ley 11/2002 reguladora del CNI, veremos que estas funciones se atribuyen en ocasiones a organismos específicos dentro del propio centro, tales como el Centro Criptológico Nacional, La Oficina Nacional de Seguridad o la Oficina Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia.
Este articulo constituye la base, y sobre ella se establecen los objetivos del CNI a través de la “Directiva de Inteligencia Nacional”, elaborada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia y aprobada por el Presidente del Gobierno.
La puesta en práctica de esos objetivos, es decir su planificación operativa se realiza desarrollando esa directiva, por parte del CNI a través de un “Plan Permanente de Inteligencia”.
Analizaremos muy someramente el artículo 4, en sus ocho apartados, ya que esta pagina personal profundiza un poco mas en sus distintas partes en cada uno de ellos:
“Obtener, evaluar e interpretar información y difundir la inteligencia necesaria para proteger y promover los intereses políticos, económicos, industriales, comerciales y estratégicos de España, pudiendo actuar dentro o fuera del territorio nacional”.
El apartado primero describe lo que es la función de un organismo de inteligencia: obtener información, una información que tras una evaluación e interpretación se transforma en inteligencia, que ha de ser difundida a quien corresponda, su utilidad es la protección y promoción de los intereses nacionales, si bien este primer apartado se centra mucho en los “económicos, industriales y comerciales” (espionaje industrial, adquisición de tecnología, contraespionaje comercial e industrial, blanqueo de dinero, fuga de capitales), de gran importancia, los clásicos son los “políticos y estratégicos”, por ultimo el ámbito territorial de actuación es fuera o dentro del territorio nacional, ya que en nuestro país, no existen dos agencias sino que se ha optado por unificar funciones en una sola (comparte algunas, no obstante con otros servicios nacionales).
“Prevenir, detectar y posibilitar la neutralización de aquellas actividades de servicios extranjeros, grupos o personas que pongan en riesgo, amenacen o atenten contra el ordenamiento constitucional, los derechos y libertades de los ciudadanos españoles, la soberanía, integridad y seguridad del Estado, la estabilidad de sus instituciones, los intereses económicos nacionales y el bienestar de la población.”
En este apartado, se reflejan los fines superiores del centro: el “ordenamiento constitucional, los derechos y libertades de los ciudadanos españoles, la soberanía, integridad y seguridad del Estado, la estabilidad de sus instituciones”, vuelve a insistir en los intereses económicos nacionales, aquí se encuentran dos funciones básicas: “Prevenir, detectar y posibilitar la neutralización”, de «servicios extranjeros«, es decir contrainteligencia o contraespionaje, y de «grupos o personas«, es decir contraterrorismo.
“Promover las relaciones de cooperación y colaboración con servicios de inteligencia de otros países o de Organismos internacionales, para el mejor cumplimiento de sus objetivos”
El CNI, se configura como agencia central, en este sentido es el interlocutor habitual de servicios de inteligencia y organizaciones supranacionales, así el director del CNI es en su calidad de autoridad nacional de seguridad el receptor de la información clasificada OTAN, y la procedente de la Unión Europea-UEO, la mayoría de acuerdos bilaterales relativos a intercambio de información clasificada tiene como parte al CNI.
“Obtener, evaluar e interpretar el tráfico de señales de carácter estratégico, para el cumplimiento de los objetivos de inteligencia señalados al Centro.”
Este apartado se refiere a las capacidades obtención de información de carácter técnico: inteligencia de señales (SIGINT), inteligencia de imágenes (IMINT), etc… datos provenientes de satélites y otros programas, que normalmente son ejecutados por las Fuerzas Armadas, la interceptación de comunicaciones a ciudadanos, precisa de autorización judicial con los controles establecidos en la ley orgánica 2/2002.
“Coordinar la acción de los diferentes organismos de la Administración que utilicen medios o procedimientos de cifra, garantizar la seguridad de las tecnologías de la información en ese ámbito, informar sobre la adquisición coordinada de material criptológico y formar al personal, propio o de otros servicios de la Administración, especialista en este campo para asegurar el adecuado cumplimiento de las misiones del Centro”.
Al CNI se le atribuye la función de encargarse de la seguridad de las comunicaciones, y ello se realiza a través del Centro Criptológico Nacional, integrado en el propio centro, regulado legalmente, su real decreto desarrolla este apartado, el CCN coordina, certifica, acredita, desarrolla e imparte formación.
“Velar por el cumplimiento de la normativa relativa a la protección de la información clasificada.”
De ello se encarga otro organismo integrado en el CNI: La Oficina Nacional de Seguridad, que gestiona la información clasificada, otorga habilitaciones de seguridad, etc…
“Garantizar la seguridad y protección de sus propias instalaciones, información y medios materiales y personales”
Es obvio que difícilmente un servicio puede proteger intereses nacionales e información clasificada, si no se sabe proteger a si mismo, el único personal dentro del CNI, con carácter de autoridad, es precisamente el encargado de esta labor, importante por el carácter de reserva de sus actividades y para evitar otra fuga de información como la sucedida en 1995.
A todas estas funciones, hay que sumar las atribuidas al propio Director del Centro, de ellas quizás las mas relevantes son las relacionadas con la idea de crear una Comunidad de Inteligencia Nacional, que desarrollo en el apartado referente a la Oficina Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia.
El CNI lleva a cabo las funciones enumeradas a través los organismos integrados en el centro mencionados, y las distintas áreas de inteligencia: inteligencia exterior, contraterrorismo, recursos, contrainteligencia y apoyo operativo.