Costa Rica

Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS)
Antecedentes:
La «Agencia de Seguridad Nacional» se creo el 1 de septiembre de 1963, bajo dependencia del Ministerio de Seguridad Pública. Inicialmente, estuvo compuesta por diez personas, incluyendo al director y subdirector, desde su inicio la Agencia de Seguridad Nacional se dedicó a recopilar información alusiva a grupos y elementos radicales, de izquierda y derecha, que representaran amenaza potencial para la seguridad nacional costarricense, En 1986, se emitió el Decreto Ejecutivo No 16.398 del 28-6-85 que traslado la agencia del ministerio del interior a Presidencia. En 1994 se aprobó la Ley General de Policía, que establecía la «Dirección de Seguridad del Estado» en los Artículos 13 al 17. Posteriormente el gobierno emitió el Decreto Ejecutivo N 23758?MP de 18 de Noviembre de 1994. «Reglamento de Organización y Servicio de Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional».

Funciones de la DIS:

  • Detectar, investigar, analizar y comunicar al Presidente de la República o al Ministro de la Presidencia, información para prevenir hechos que impliquen riesgos para la independencia o la integridad territorial o pongan en peligro la estabilidad del país y de sus instituciones.
  • Coordinar con organismos internacionales asuntos de seguridad externa.
  • Ejecutar labores de vigilancia en materia de seguridad del Estado y de sus bienes.
  • Informar a las autoridades pertinentes del Poder Judicial, de la amenaza o la comisión de un delito y trabajar coordinadamente con esos cuerpos, para prevenirlo o investigarlo.

Organizacion:
La Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), tiene su sede principal en San José. De acuerdo al Decreto Ejecutivo N 23.758 tiene tiene oficinas regionales ubicadas en diversos lugares del país, su organización es la siguiente:

  • Director General: Sus responsabilidades serán el planeamiento, programación, dirección, coordinación y supervisión de actividades técnicas, científicas, administrativas, de inteligencia e investigaciones, con programas sustantivos del más alto grado de dificultad, confidencialidad y responsabilidad del ámbito nacional, con la finalidad de velar por la seguridad del Estado.
  • Subdirector General: El Subdirector será el subordinado ejecutivo inmediato del Director General y en ausencia de este lo sustituirá con iguales facultades. Además tramitará las consultas de entidades externas autorizadas en los registros de la institución y realizará todas las funciones que le delegue el director.
  • Unidad de Asesoría Legal: Sus responsabilidades serán coordinar y asesorar todo lo relacionado con los asuntos legales, tanto de carácter sustantivo como administrativo de la institución.
  • Unidad de Operaciones: Sus responsabilidades serán planificar y ejecutar las operaciones que autoriza la ley y este reglamento, procurando un equilibrio entre el grado de eficiencia y el de seguridad. El Área de Operaciones estará conformada por los departamentos, grupos operacionales y secciones auxiliares respectivas necesarias para el cumplimiento de la visión, misión y objetivos institucionales.
  • Unidad de Recursos Humanos y Capacitación: realizara funciones de planeamiento, dirección, coordinación y supervisión de labores técnicas en relación con los recursos humanos.
  • Unidad de Recursos Materiales y Presupuesto: la dirección, coordinación, supervisión, fiscalización y ejecución de labores administrativas relacionadas con el presupuesto de la institución y la custodia del patrimonio de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional.
  • Unidad de Archivo: tendrá a cargo el archivo y la custodia de los expedientes de operativos concluidos realizados por la Dirección, así como de cualquier otro documento que requiera su archivo.

Departamento de Inteligencia Policial (DIPOL)

Funciones:

  • Recopilar, evaluar, tratar, analizar y difundir la información de interés policial que permita el desarrollo de acciones policiales con eficiencia y eficacia, tanto en el plano estratégico como en el táctico.
  • Crear mecanismos que permitan la recopilación de información de interés policial en las diferentes unidades policiales e instancias vinculadas al sector de actividad con el fin de suministrar a la Dirección de Operaciones información de interés policial.
  • Participar de las diferentes operaciones policiales con la finalidad de recopilar información y plantear recomendaciones para la toma de decisiones.
  • Mantener un registro de información documental en materia de interés policial, así como de identificación dactilar.
  • Fortalecer mediante convenios o políticas ya establecidas el intercambio de bases de datos, aplicaciones informáticas u otras que permitan mejorar y ampliar los servicios.
  • Dirigir la actividad de inteligencia policial, en seguridad ciudadana enfocado a la prevención en el ámbito nacional.
  • Planear y ejecutar las operaciones abiertas o encubiertas para la obtención de información policial utilizando tecnología de apoyo permitidas según el ordenamiento jurídico.
  • Realizar diagnósticos con el fin de medir la eficacia y eficiencia de las operaciones policiales a través del análisis de la información.
  • Asesorar y brindar capacitación en coordinación con la Escuela Nacional de Policía a los servidores policiales en materia de inteligencia policial.
  • Coadyuvar en el planeamiento y ejecución de operativos policiales mediante el suministro de información constante en tiempo real y efectivo.
  • Custodiar la información que se procesa y almacena en los diferentes sistemas y el buen uso de la misma.
  • Recopilar, clasificar, procesar y difundir información cuantitativa y cualitativa, obtenida por el Ministerio en lo concerniente a las estadísticas de interés policial y proveer al Sistema de Estadística Nacional los datos requeridos para elaborar las estadísticas nacionales.

 

Unidad de Inteligencia del Organismo de Investigación Judicial (OIJ)

  • Dirigir la planeación, recolección, evaluación y difusión de la información de inteligencia en el orden criminal a los órdenes jerárquicos.
  • Dirigir a nivel nacional las actividades de contrainteligencia, que permitan colaborar en la seguridad del personal, los documentos y la efectiva labor que realiza la institución.
  • Ejercer las funciones que dispongan las normas legales como Unidad de Inteligencia del Organismo de Investigación Judicial.
  • Direccionar a través de la doctrina, el desarrollo, funcionamiento y proyección de inteligencia policial.
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