El Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC), es responsable de la recepción, clasificación y distribución de sucesos, noticias e informaciones generadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y cualesquiera otras instituciones públicas o entidades privadas cuya actividad tenga relación con la seguridad pública y los planes operativos o estratégicos que establezca la Secretaría de Estado
Dentro del CEPIC, y con el objeto de afrontar situaciones concretas de amenaza o incidencia terrorista, se puede constituir el denominado Centro de Coordinación Principal de la Secretaría de Estado de Seguridad (CECOSE), como «Gabinete de Crisis» o «Centro de Mando Principal», bajo la dirección del propio Secretario de Estado de Seguridad.
En los periodos en los que el referido Centro de Coordinación Principal de la Secretaría de Estado de Seguridad (CECOSE) no se encuentra constituido, por no existir incidencia terrorista o amenaza de riesgo que lo justifique, la dirección y coordinación que ejerce la Secretaría de Estado de Seguridad se lleva a cabo por el Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC).
Se regula por los procedimientos operativos inicialmente aprobados por las Instrucciones 4/1993 y 9/1997 de la Secretaria de Estado, y constituye el instrumento adecuado de enlace para centralizar la recepción y acreditar la distribución de las referidas noticias o hechos a todos los miembros de la red, tanto nacionales como, en su caso, internacionales. Esta integrado por enlaces del Cuerpo Nacional de Policía, de la Guardia Civil y del resto de órganos del ministerio por razón de la materia.
El CECOSE tiene las siguientes funciones:
- Centralizar y coordinar todas las actuaciones operativas (dispositivos y planes de actuación) y preventivas (planes preventivos de seguridad)
- Recibir todas las comunicaciones sobre incidencias y evolución de los hechos de interés.
- Ejercer las funciones de Sistema de Alerta Temprana (SAT-NRBQ-AREX) y las relativas al Plan de Prevención Antiterrorista.
En lo relativo a sus cometidos específicos:
Cuando se tenga conocimiento, del robo, desaparición o falta de control sobre armas o materias u objetos explosivos (AREX) o sustancias NRBQ, y siempre que del primer análisis de la información se presuma la posibilidad de su empleo por grupos terroristas, la Sala de Operaciones o el Centro Nacional de Comunicación de las Direcciones Generales de la Guardia Civil y de la Policía, respectivamente, notificarán inmediatamente al CEPIC los hechos o noticias conocidos.
Respecto al Plan de Prevención y Protección Antiterrorista durante su período de activación se constituirá en la Secretaría de Estado de Seguridad el Centro de Coordinación Principal (CECOSE). Su cometido, como tal centro coordinador, será garantizar la coordinación entre las Fuerzas de Seguridad del Estado, las Fuerzas Armadas y el resto de autoridades que deban intervenir en el mismo, para lo cual este centro de coordinación habrá de recibir en tiempo real información sobre las posibles incidencias que pudieran producirse en la ejecución del plan. Para ello impartirá instrucciones concretas sobre las operaciones que se hayan de realizar, actuando de enlace con los responsables de las policías autonómicas y, en su caso, con las policías locales que pudieran colaborar en el dispositivo antiterrorista.
El CECOSE se activa para hacer frente y coordinar grandes operativos de seguridad como la Copa América, Las Elecciones Generales, etc…