Coordinacion de Seguridad Penitenciaria

Coordinación de Seguridad (CS) o Coordinación de Seguridad Penitenciaria (CSP), es una unidad administrativa dependiente directamente del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, constituye el punto de enlace y coordinación de la Administración Penitenciaria con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Dirección y Coordinación:

Está Dirigida por un Teniente Coronel de la Guardia Civil, y trabajan dentro del departamento miembros de la Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía, así como diversos Traductores (Euskera, Árabe, etc…).

Tiene especialistas designados en el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), si bien no existen relaciones estables de colaboración con el Centro Nacional de Inteligencia más allá de cuestiones concretas.

Organización Central:

  • Departamento de Seguridad: gestiona la seguridad de los centros, y de los empleados penitenciarios. Aquí tenemos un ejemplo de Nota Informativa alertando sobre posibles riesgos.
  • Departamento de Inteligencia: analiza y evalúa el material y comunicaciones intervenidas, y valora potenciales amenazas.

Organización Periférica:

En cada uno de los Centros Penitenciarios, existe un Subdirector de Seguridad, que es el principal responsable en la materia, así como un Oficina de Seguridad. Dentro de los centros es la Subdirección de Seguridad y la Oficina de Seguridad el enlace de Coordinación de Seguridad.

Grupos de Control y Seguimiento

En 2007 se comenzó a implantar en 5 centros penitenciarios los denominados “Grupos de seguimiento y control de internos que presentan características especiales“, este proyecto se haría oficial en 2008 mediante una Instrucción Reservada, y se ampliaría a más centros, también se comenta que se creara una Oficina Central de Internos de Especial Seguimiento.

En su comparecencia del 30 de Septiembre de 2008, ante el Congreso la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, señalo que se habia creado la “Unidad central de recepción, control, análisis y transmisión de la información” (notese que no son buenos abreviando nombres), asi como la creacion de una Manual sobre el Terrorismo Yihadista al objeto de que se pudiera detectar y prevenir.

Los denominados Grupos de Control y Seguimiento para operaban en 2010 en 53 de los más de 80 Centros Penitenciarios: su creación se fundamentaba en la aparición de nuevas formas de delincuencia organizada y, especialmente, la irrupción en la esfera internacional, y en particular en España.

La información que generan se deriva a un Grupo central “para la centralización, recepción, seguimiento y transmisión de la información generada” por los grupos en cada prisión. Éste es el órgano encargado de realizar el “intercambio de información” con Policía, Guardia Civil, Policías autonómicas y el Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado.

El Fichero de Internos de Especial Seguimiento (FIES)

Se trata de un fichero de carácter administrativo (no policial) que recopila información sobre determinados perfiles de internos:

FIES 1 CD (CONTROL DIRECTO)

Se incluyen internos especialmente conflictivos y peligrosos, protagonistas e inductores de alteraciones regimentales muy graves que hayan puesto en peligro la vida o integridad de los funcionarios, autoridades, otros internos o personal ajeno a la Institución, tanto dentro como fuera del centro con ocasión de salidas para traslados, diligencias u otros motivos.

FIES 2 DO (DELINCUENCIA ORGANIZADA)

Se incluyen internos ingresados en relación con delitos cometidos en el seno de organizaciones o grupos criminales, tanto si se trata de delitos independientes relacionados con la participación en los mismos, cuanto si en la tipificación de las infracciones se ha previsto específicamente un subtipo agravado por pertenencia a organización, así como internos de alto potencial de peligrosidad ingresados por su vinculación con asociaciones ilícitas.

FIES 3 BA (BANDAS ARMADAS)

Se incluyen todos aquellos internos ingresados por vinculación a bandas armadas o elementos terroristas, y aquéllos que, de acuerdo con los informes de las Fuerzas de Seguridad, colaboran o apoyan a estos grupos.

Para mejorar el control del Terrorismo Islamista Radical, se divide a los internos en tres grupos:

Con datos de Octubre de 2019, permanecen bajo seguimiento un total de 265 internos, por indicios de radicalismo o radicalismo confirmado, de ellos 14o pertenecen al Grupo A, 49 en el Grupo B y 76 en el Grupo C.

Por sexo de los 265 solo 13 son mujeres. Por nacionalidades, la mayoría son marroquíes, con 118 internos (51 en el grupo A y 30 en el B) seguidos de los españoles que son 88 (67 en el grupo A, 5 en el B y 16 en el C).

Retornados de zonas de conflicto hay un total de 12 internos, de los que 2 son mujeres (dos viudas de combatientes). Entre ellos hay españoles pero también de otros países como Luxemburgo o Dinamarca.

Se ha intentado poner en marcha un programa de desradicalizacion, que solo ha logrado apuntar a 23 internos (con datos de Octubre de 2018), sin mucho éxito. Con datos de Agosto de 2020, España tenia:

FIES 4 FS (FUERZAS DE SEGURIDAD Y FUNCIONARIOS DE II.PP.)

Se incluyen los internos que pertenecen o han pertenecido a estos colectivos profesionales, al exigirse durante su internamiento determinadas cautelas, conforme a lo previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

FIES 5 CE (CARACTERISTICAS ESPECIALES)

A principios de 2017, existian 451 internos por Terrorismo en los Centros Penitenciarios, entre los colectivos mas numerosos destacan:

  • Al Qaeda: 44
  • Daesh: 81
  • GIA: 2
  • Resistencia Galega: 9
  • GRAPO: 20
  • ETA: 284

Personal de II.PP

Cuenta con más de 25.000 funcionarios divididos en distintos cuerpos: Técnicos: Juristas y Psicólogos; Sanitarios: Médicos y Enfermeros; De Gestión: Cuerpo Especial, y los responsables de la Vigilancia y Custodia: Cuerpo de Ayudantes, anteriormente separado en dos escalas (masculina y femenina), suprimidas por la Ley de Igualdad.

El Personal de Instituciones Penitenciarias tiene prohibido el uso de armas de fuego, no van armados, y solo en situaciones justificadas pueden hacer uso de otros medios: la fuerza física, defensas de goma, aerosoles y esposas, en casos graves actúan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, normalmente la Guardia Civil, encargada de la vigilancia exterior de los Centros.

Se espera un incremento de este personal para hacer frente a la saturación de centros, que estaban específicamente amenazados por el grupo terrorista ETA, y ha sido objeto de atentados y secuestros, lo cual les obliga en determinados casos a adoptar medidas de autoprotección.

En Abril de 2021 se recordó a los Funcionarios: En España nos encontramos en el nivel 4 -de riesgo alto- en la valoración de la amenaza terrorista y si bien no se tienen datos en la actualidad de que exista una objetivación específica o explícita en nuestro país dirigida al colectivo penitenciario, todo el personal debe ser consciente de la necesidad de mantener la cautela necesaria al respecto en sus actuaciones profesionales y personales relacionadas con este perfil de población reclusa.

Lucha Contra el Terrorismo

La estrategia contra el terrorismo, ha incidido en la política penitenciaria, fundamentalmente a través de la polémica dispersión de los penados por causas terroristas, actualmente se ha detectado la colaboración, la organización de atentados, el reclutamiento y el establecimiento de redes de terrorismo islamista radical dentro de los Centros Penitenciarios, esto ha hecho adoptar una serie de medidas:

  • Desde noviembre de 2004, todas las personas que ingresan en prisión incursos en causas de terrorismo islamista son incluidos en el fichero de internos de especial seguimiento (FIES), en el grupo global Terrorismo Internacional.
  • Todos los internos acusados de terrorismo islámico tienen intervenidas las comunicaciones.
  • Se han contratado 30 intérpretes de árabe con la misión de traducir la documentación generada por los internos vinculados con el terrorismo internacional. Estos intérpretes han sido distribuidos en 21 centros penitenciarios.
  • Se han aplicado medidas de dispersión de estos internos, de modo que se encuentran distribuidos en 33 establecimientos. La misma política de dispersión se sigue cuando existen indicios de posible conformación de células terroristas en las prisiones y respecto a personas que ejercen liderazgo en la dirección del terrorismo internacional.
  • En la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, se ha creado un Grupo Especial de Seguimiento de otros internos musulmanes no incluidos en el archivo FIES que, por sus características y comportamiento en los centros, pudieran ser susceptibles de liderar grupos radicales o constituir células integristas en el seno de los mismos.
  • Los Subdirectores de Seguridad han recibido formación específica sobre terrorismo internacional, que ha sido impartida por especialistas de los cuerpos de seguridad del Estado y por expertos del Centro Nacional de Inteligencia.
  • Se ha creado un grupo de trabajo de coordinación en el Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado, además se integrara a un especialista de la seguridad de prisiones en el cuadro de analistas de inteligencia del CITCO.

En este sentido es muy recomedable la lectura del trabajo que me ha remitido «Cartledge»: Funcionario de Instituciones Penitenciarias y Licenciado en Derecho:

Competencias Penitenciarias de las Comunidades Autónomas:

Hay que tener en cuenta que la Comunidad Autonoma de Cataluña ejerce las competencias en materia penitenciaria desde 1983 a través de la Secretaria de Mesures Penals, Reinserció i Atenció a la Víctima, siendo el equivalente la denominada: Àrea d’Informació en Matèria de Seguretat, siendo los Mossos responsables de la seguridad exterior, que se encarga entre otros:

  • Gestionar el sistema de telefonía de internos (SGIP).
  • Gestionar las peticiones de matrículas de carácter reservado al personal
  • Coordinación con la policía de Catalunya (Mossos), sobre las detenciones, no reingresos y reingresos de internos.
  • Gestionar las comunicaciones con las víctimas de delitos de violencia doméstica.
  • Gestionar las consultas y solicitudes de las fuerzas de seguridad.
  • Realizar auditorías de seguridad y estudios funcionales de los centros penitenciarios,
  • Realizar labores de de información e investigación de actividades delictivas en los centros penitenciarios.

En 2021 se traspasaron las competencias penitenciarias también a la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, sin que se haya desarrollado su estructura, por que actualmente la seguridad se gestionara a través de los servicios de información de la Ertzaintza.

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