Comisión Delegada del Gobierno Para Asuntos de Inteligencia CDGAI

La reforma del CESID y su transformación en el CNI en 2002, aprovecho para organizar la comunidad de inteligencia reconociendo al director del centro, la dirección y coordinación de la comunidad de inteligencia, y creando un nuevo órgano en forma de Comisión Delegada del Gobierno a través del cual se establecieran las necesidades de información del Gobierno mediante la Directiva de Inteligencia y sirviera para coordinar a los distintos organismos, e informar a los responsables ministeriales.

Es la encargada de proponer al Presidente del Gobierno los objetivos anuales de los servicios, y aquellos que han de integrarse en la «Directiva Anual de Inteligencia», las reuniones de la Comisión para Asuntos de Inteligencia suelen convocarse como mínimo, una vez al mes.

La Directiva Anual de Inteligencia se elabora en el ultimo trimestre del año, se presenta en Diciembre y se aprueba en Enero, dado que la ley que crea la CDGAI es del 2002, hasta ahora se han aprobado directivas desde el año 2003, su contenido es secreto, pueden ser modificadas a lo largo del año según aparezcan nuevas necesidades o amenazas.

Procedimiento de Elaboración:

La Directiva de Inteligencia inicialmente era elaborada por el CNI de acuerdo a sus estimaciones y posteriormente se eleva al Gobierno, desde el año 2009 se sigue una ruta de elaboración distinta:

  1. En el mes de marzo de cada año, las diversas instituciones (Ministerios de Defensa, Interior, Economía, Industria…), presentan al CNI sus necesidades de inteligencia
  2. En función de esas necesidades y de las capacidades, medios y recursos disponibles el CNI, desde marzo a septiembre analiza y prioriza dichas necesidades, presentando un borrador en el mes de septiembre al Gobierno a través de la CDGAI.
  3. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia, puede cambiar el orden de prioridades presentadas y su orden, aprobando finalmente la Directiva de Inteligencia para el año siguiente, la Directiva puede estar sujeta a cambios en función de las circunstancias existentes y los riesgos o amenazas que puedan aparecer.

Es criticable que en la CDGAI, este presente solo un responsable directo de los servicios de inteligencia, ya que aunque puedan ser llamados no están los responsables de los servicios de información de la Policía y Guardia Civil (representados por el Secretario de Estado de Seguridad), y ningún responsable de la inteligencia militar, si bien en este caso la Orden Ministerial DEF/1076/2005, atribuye la representación del Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas al Director del CNI.

La Comisión y su Composición:

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia vela por la adecuada coordinación de todos los servicios de información e inteligencia del Estado para la formación de una comunidad de inteligencia, su composición se ha modificado mediante Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.

Mediante Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, ha reformado el artículo 6 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, modificando la composición de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia. Desarrollado por el Real Decreto 464/2020:

Presidencia de la Comisión:

Presidirá la Comisión la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de la Presidenta de la Comisión Delegada, la presidencia será asumida por la Ministra de Defensa.

Miembros:

Asistirán asimismo a las reuniones de la Comisión Delegada:

Secretario:

La Secretaria de Estado Directora del Centro Nacional de Inteligencia, que actuará como Secretaria. En su ausencia, actuará como Secretario de la Comisión Delegada el Secretario de Estado de Seguridad.

Corresponde a la Comisión Delegada:

Además de las funciones que le atribuye el artículo 6.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, corresponden a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia las competencias que establece el artículo 6.4 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo

a) Proponer al Presidente del Gobierno los objetivos anuales del Centro Nacional de Inteligencia que han de integrar la Directiva de Inteligencia.

b) Realizar el seguimiento y evaluación del desarrollo de los objetivos del Centro Nacional de Inteligencia.

c) Velar por la coordinación del Centro Nacional de Inteligencia, de los servicios de información de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y los órganos de la Administración civil y militar.

 

 

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