El TS ha rechazado la petición de asilo del tunecino Alí Ahmed El Fakih, a quien el CNI considera miembro activo de la organización An Nahda. Su presencia en España responde a una estrategia de la dirección de la organización para impulsar la creación de una infraestructura sólida en nuestro país.
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de asilo del tunecino Alí Ahmed El Fakih, "miembro activo de la organización An Nahda", que el CNI considera que tiene "acuerdos operativos" con la organización terrorista Al Qaeda. El Supremo, aunque no niega una posible persecución de Alí Ahmed El Fakih en Túnez, alega que existen "razones fundadas" de que sea "un peligro" para la seguridad de España.
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Su entrada en España y la petición se asilo respondían a instrucciones concretas de An Nahda para instalar estructuras permanentes en el país, de la que forman parte "al menos" otras siete personas, según el CNI
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional había dictado una sentencia el 11 de noviembre de 2005 en la que negaba el asilo al solicitante basándose en un informe del CNI remitido a la Oficina de Asilo y Refugio, en el que se recogía que éste pertenecía a la organización An Nahda desde mediado de los años 80.
"Es un miembro activo de la organización terrorista An Nahda, afiliada a la Yihad Internacional, cuyas intenciones incluyen la realización de atentados masivos como los del 11-S en Estados Unidos o el 11-M en España; su presencia en España responde a una estrategia de la dirección de la organización para impulsar la creación de una infraestructura sólida en nuestro país", recoge el informe del servicio de inteligencia.
IDEOLOGÍA EXTREMISTA
Asimismo, un auto dictado por el Juzgado Central de Instrucción nº5 en 2001 también recogió la "ideología extremista" de An Nahda y su vinculación con Al Qaeda.
El recurrente había sido condenado en Túnez en dos ocasiones como miembro activo de la organización, en 1987, que fue condenado a nueve meses de prisión e indultado posteriormente, y en 1991, condenado nuevamente a seis meses de prisión por el mismo delito. Tras cumplir esta condena, abandonó su país y residió en Libia, Sudán, Siria y España.
En 1988 trabajaba en España, con el permiso reglamentario, para la empresa Torretas Cerámicas S.L. de Castellón, propiedad del sirio nacionalizado español Al Saqqa, que fue juzgado por su vinculación con la Célula de Al Qaeda implicada en la 'Operación Dátil'.
Por este motivo, el Tribunal Supremo desestima que Alí Ahmed El Fakih pueda acogerse a los beneficios que otorga la Convención de Ginebra como refugiado político y añade que lo que pretende la defensa es que la Sala de Casación admita unos documentos que había rechazado anteriormente.