Mirar, si es que de verdad es que me da asco, noticia fresca. Resulta que islamenmurcia.blogspot.com (sí, dirigida por Benjelloun), publica una noticia donde curiosamente (jajajaja), el Tribunal Supremo, esta vez sí, rechaza la nacionalidad española (esa que le consedieron a Benjelloun) a un iman de Cartagena (sí, Cartagena sigue estando en Murcia, región controlada por otra vez Benjelloun). ¿Es todo? No señores, no es todo, ¿sabéis con quién relacionan al imán? Sí, con Justicia y Caridad (el CNI es quien lo relaciona, al igual que a Benjelloun).
¿Quereis saber más? Lo vinculan con ONDA, la pantalla de Justicia y Caridad. ¿Hacemos más sangre? Este hijo puta es imán de la comunidad islámica Ashorouk de los Dolores (Cartagena), preside la Comunidad Islámica de La Palma en Cartagena y una asociación dedicada al deporte.
¿Qué dice el informe? "la expansión del mensaje radical de Justicia y Caridad entre el colectivo musulmán residente en España supone un riesgo de radicalización de estas comunidades y dificulta la integración de los musulmanes en la sociedad española”.
A este barbudo camuflado, que solo busca vírgenes en el paraiso porque es tan feo que en su asquerosa vida no va a conseguir ninguna, habría que deportarlo, le regalo Perejil en época donde los ganaderos marroquíes cruzan las cabras en barca para pastar. Así tiene sexo.
miércoles, 14 de octubre de 2015
El Tribunal Supremo rechaza la nacionalidad española a un imam de Cartagena por su vinculación con Justicia y Caridad
Islam en Murcia - 14.10.15
Fuente: Oficina de Prensa del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo confirma la denegación de la nacionalidad española a un ciudadano marroquí por no haber justificado suficiente grado de integración en la sociedad, ya que, según informes del CNI, está vinculado a una asociación cuyo objetivo fundamental es la instauración en Marruecos de un régimen islámico, regido únicamente por la ley islámica.
La Sala de lo Contencioso confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que, como la resolución del Ministerio de Justicia, rechazó la solicitud basándose en los citados informes que afirmaban que el interesado es imán de la comunidad islámica “Ashorouk” de los Dolores (Cartagena), vinculada a la Organización para el Diálogo y la Participación (ONDA), asociación pantalla del movimiento islámico Justicia y Caridad, cuyo objetivo es la instauración en Marruecos de un régimen islámico regido únicamente por la Ley islámica. Los informes ponían de relieve que “la expansión del mensaje radical de Justicia y Caridad entre el colectivo musulmán residente en España supone un riesgo de radicalización de estas comunidades y dificulta la integración de los musulmanes en la sociedad española”.
La sentencia de la Sala Tercera, de la que es ponente la magistrada Margarita Robles, indica que el recurrente, en su demanda, negó el contenido de los informes de los servicios de inteligencia y reconoció ser presidente de la Comunidad Islámica de La Palma (Cartagena) y de una asociación dedicada al deporte. Asimismo, afirma que se limita a negar sin más los hechos tenidos por probados en la sentencia de la Audiencia Nacional, pretendiendo que se sustituyan por los que él alega, sin acreditar en forma ninguna irrazonabilidad o arbitrariedad en la valoración de la prueba.
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