Movimiento Independentista Canario: MPAIAC

Espacio dedicado a bandas residuales como el GRAPO o a terrorismos periféricos que no llegan a la entidad de ETA
kilo009
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Casi nada el chaval, y eso que no tiene grupo en el Parlamento de Canarias, que si llega a tenerlo... Eso sí, quizás sea más fácil convencerlo a él de nuestro lobby pro-Mando Conjunto en Canarias y esos despliegues hacia zonas africanas.

Por cierto, tradicionalmente se ha considerado que el origen del término guanche era el modo en el que los nativos de la isla de Tenerife se referían a sí mismos. Así, la voz guanche provendría del bereber, de los vocablos "Wa n Chinet" y que significaría "el (hombre) que es de Chinet" -Chinet = Isla de Tenerife.

Otro de los acuses más fuertes de El Día últimamente es hacia el pleito insular, los ataques hacia la isla de Gran Canarias y los problemas de la doble capitalidad.
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Por cierto, este es Cubillo:

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La bandera tricolor con siete estrellas verdes:

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El símbolo del CNC:

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Seguimos con el "anteproyecto de la Constitución de la futura RFC"...
Antonio Cubillo *

Articulado del anteproyecto de la Constitución de la futura República Federal Canaria (continuación)

CONTINUAMOS con la publicación del anteproyecto de la Constitución Republicana, o Carta Magna, de las Islas Canarias, Constitución con la que el pueblo de Canarias, tras seis siglos de colonización, quiere dotarse en tanto que pueblo libre y soberano y que se está dando a la luz gracias al apoyo desinteresado que nos da el periódico tinerfeño El Día, el medio de información de más tirada en todo el Archipiélago Canario desde siempre, el cual respeta la libertad de expresión y publicación, sobre todo en un caso como el de la publicación de nuestra Carta Magna, que interesa a todos los canarios que hemos dicho ya basta al colonialismo y reclamamos nuestros justos y legítimos derechos nacionales, es decir, nuestra soberanía, pese a quien le pese.

Insistimos en que éste es un anteproyecto que presentamos para que sea estudiado entre los lectores y puedan hacerle las correspondientes críticas positivas para que el proyecto, segunda etapa de este trabajo de Derecho constitucional, sea conocido de todos y pueda ser próximamente conocido y reflexionado. En la segunda etapa lo clasificaremos por títulos y capítulos con las reformas necesarias o la introducción de nuevos artículos ya que de este proyecto de Constitución debe salir la Constitución definitiva o Carta Magna del pueblo libre de Canarias, constitución que no se podrá cambiar nunca y que servirá de guía para las próximas generaciones. Sólo se admitirán en el futuro, una vez independientes, ciertas enmiendas si las aprueba la Asamblea Nacional Legislativa y las vota la totalidad de los electos.

Este proyecto, en una segunda etapa, va a ser aprobado por la Asamblea Nacional Legislativa provisional, constituida en Canarias, en un lugar privado que ya se dirá, y será presentado ante las Naciones Unidas y el Comité de Descolonización, en Nueva York, con las formalidades de rigor que marcan las leyes internacionales para abrir el proceso oficial de la autodeterminación, que nos conducirá pacíficamente a la independencia antes del año 2010. En base a ello, nos vamos a constituir en asamblea provisional, ya que el actual Parlamento de Canarias no está legitimado para ello, por estar viciado jurídicamente por el hecho de estar presentes en él dos partidos españoles, el PP y PSOE, que representan los intereses coloniales de la metrópoli española y un partido o coalición, CC, que no es independentista sino de ideario autonomista de baja escala.

Arts. 81 y sigs.

(continuación)

Art. 81).- Institutos Especializados del Estado.

1) Se creará un Instituto Internacional de Vulcanología con sede en la capital de la isla de La Palma (Benahoare), donde la enseñanza se hará en tres idiomas, castellano, francés e inglés, el cual estará en contacto con las correspondientes instituciones internacionales y expedirá diplomas y títulos con carácter universitario emitidos por el Estado. Cualquier extranjero diplomado en Vulcanología y que posea dos de las lenguas citadas, podrá estudiar y diplomarse e este Instituto Internacional.

Se creará también un Instituto Nacional de Vulcanología con sede en Lanzarote (Titerogaykat), villa de Teguise, con clases en castellano. Los diplomados en este instituto podrán ejercer en la República Federal. Una vez diplomados y si tienen conocimientos de las dos lenguas extranjeras citadas, podrán entrar en el Instituto Internacional de Vulcanología, para perfeccionar los estudios y obtener el correspondiente diploma superior.

2) Se creará un Instituto Internacional de Pesca y Ciencias del Mar, con sede en Arrecife, Lanzarote, donde la enseñanza se hará en los tres idiomas citados y con las mismas características que el de Vulcanología. Se creará un Instituto Nacional de Pesca y Ciencias del Mar, con sede en la isla del Hierro (Hero), con las mismas características para los estudiantes que las citadas para el Instituto Nacional de Vulcanología.

3) Se creará un Instituto Internacional de Energías Renovables, con sede en la isla de La Gomera, con las mismas características que los anteriores institutos internacionales definidos anteriormente. Se creará un Instituto Nacional de Energías Renovables, con sede en Puerto Cabras, isla de Fuerteventura (Erbani), con las mismas características que los anteriores.

4) Instituto Internacional sobre el Panafricanismo, con sede en la ciudad universitaria de La Laguna (Aguere), para estudiar la historia y evolución del panafricanismo desde su creación en 1900, por el apóstol de las Antillas y precursor del panafricanismo, Henri-Silvester Williams, siguiendo con George Padmore, nombrado secretario general en el Quinto Congreso, en 1945, junto con el gran líder africano Dr. Kwame Nkrumah, primer presidente de la República de Ghana, y los otros líderes y escritores que han desarrollado con sus obras la idea del panafricanismo. En dicho instituto internacional se darán clases a todos los alumnos africanos para la consolidación del panafricanismo, ampliando los conocimientos sobre las culturas africanas y los movimientos políticos actuales para consolidar esta gran idea del panafricanismo.

5) Institutos Internacionales de Bachilleres Africanos, con sede en las ciudades de Las Palmas y La Laguna, donde se impartirán las clases en tres idiomas al mismo tiempo y se enseñarán todas las materias de Bachillerato Internacional, incluyendo clases de historia para los alumnos africanos de cada uno de los países respectivos, al igual que para los canarios. Al final de sus estudios se le expedirán los títulos de Bachiller Internacional y servirán para todos los países del continente. El gobierno de la República establecerá acuerdos internacionales con los diferentes Estados africanos para establecer las equivalencias escolares.

Art. 82).- Los institutos internacionales citados en el Art. 81 serán subvencionados con fondos federales y los nacionales con fondos de los gobiernos federales de las islas citadas. Los estudiantes procedentes de países africanos que se matriculen en los institutos internacionales podrán obtener ayudas y visados del Estado, a tenor de sus diplomas y conocimientos de las lenguas citadas y sus diplomas tendrán validez internacional ya que el Estado procurará que dichos diplomas sean reconocidos internacionalmente mediante acuerdos con universidades de otros países.

Para el control del buen funcionamiento de los institutos internacionales, se creará el puesto de Controlador, quien velará por el buen funcionamiento de los mismos y será el encargado de buscar ayudas nacionales e internacionales para los mismos. Las empresas y particulares establecidos en Canarias que ayuden económicamente a dichos institutos internacionales podrán deducir dichas ayudas de sus declaraciones de impuestos y sus nombres serán hechos públicos como benefactores. Se admitirán también ayudas de gobiernos extranjeros o entidades supraeconómicas o políticas como la Unesco, la Unión Europea o la Unidad Africana, para la modernización y buen funcionamiento de dichos institutos internacionales.

Art. 83).- Una vez declarada la independencia de la República Federal Canaria y creado su gobierno y establecidas las representaciones diplomáticas en los países de nuestro continente, el Gobierno Republicano, en la primera reunión de la Unidad Africana, a través de su presidente, expondrá las características de los puertos y aeropuertos canarios y demás estructuras comerciales, para ayudar a los países africanos del entorno que no posean puertos, como Malí, Chad, Níger, Burkina Faso, Ruanda, Burundi, Uganda y otros, sirviendo nuestros puertos de tránsito para sus contenedores o mercancías, al ser puertos africanos, para lo cual los demás países africanos con puertos deberán dejar pasar las mercancías y contenedores, sin ninguna clase de trabas o impuestos, a cambio de ventajas que obtendrán en los puertos y aeropuertos canarios para sus propias mercancías. Los países africanos costeros del África Occidental, previo acuerdo de la Unidad Africana, a propuesta del Estado canario, deberán firmar dichos acuerdos, si se aceptan, los cuales serán ratificados ante la U.A. y las Naciones Unidas y servirán para el desarrollo de dichos países de nuestro continente.

Art. 84).- El Gobierno republicano canario fomentará la creación en todos los puertos africanos del oeste de nuestro continente de consulados del mar, encargados especialmente en el rápido movimiento y despacho de mercancías teniendo en cuenta los tiempos modernos. Los países africanos del entorno de nuestra República abrirán sus respectivos consulados del mar en todo los puertos canarios, para facilitar el rápido movimiento de mercancías, en trato de urgencia y evitar las trabas administrativas de todos los puertos.

A este respecto, toda mercancía destinada al continente africano, desde el momento que toque en tránsito, puertos a aeropuertos canarios, el Gobierno Republicano Federal Canario cobrará todos los impuestos que se establezcan por los países destinatarios que no tengan puertos de mar, más los impuestos de tránsito canarios, y el Gobierno Republicano Canario se encargará de su rápido despacho y entrega a los lugares de origen, y, una vez al año, procederá a entregar a los países receptores la parte proporcional que les corresponde por sus impuestos. En determinados casos, el Gobierno canario podrá avanzar antes del año parte de dichos impuestos.

Todas las empresas transitarias y de despacho de mercancías actuando en los puertos y aeropuertos canarios serán necesariamente canarias aunque se permitirá que se asocien con empresas de puertos y aeropuertos africanos de los países receptores o de tránsito del continente, a un porcentaje de 60% capital canario y 40% capital africano de dichos países. Las empresas canarias podrán establecerse en el continente respetando estos criterios, es decir, 40 % de capital canario y 60% de capital africano de los países donde se instalen. Se firmarán acuerdos de reciprocidad internacional con todos estos países.

Art. 85).- Todos los países extranjeros que deseen ayudar a ciertos países africanos en situación de pobreza o subdesarrollo de nuestros entorno, debido a la explotación colonial que han sufrido durante siglos y deseen contar con la situación geográfica de nuestra República Federal, deberán someter sus deseos al Gobierno canario, a la Secretaría de la Unidad Africana y a la sede de las Naciones Unidas. Una vez examinados dichos proyectos, el Gobierno de la República Federal fijará las modalidades y condiciones estrictas que deben respetarse y las empresas canarias que pondrán en práctica dichas ayudas, siempre bajo estricto control del Gobierno republicano canario.

Art. 86).- Arqueología canaria.

La República Canaria creará un Departamento Central de Arqueología en el Distrito Federal o capital de la República, con sucursales en todas las islas federadas, encargado de controlar todos los hallazgos que surjan en las islas con motivo de obras, carreteras, construcciones de cualquier tipo, desmontes, excavaciones o edificaciones dentro del territorio. Cualquier ciudadano o empresa constructora que halle cualquier hallazgo de restos de nuestros antepasados guanches en cuevas o en el subsuelo durante las obras en ejecución deberá informar inmediatamente a dicho departamento federal o sus sucursales, suspender las obras y dar cuenta a las autoridades. Dicho departamento extenderá inmediatamente recibo señalando día y hora con el nombre de la empresa o ciudadanos actuantes. La empresa o particular que lleve a cabo obras y continúe los trabajos sabiendo que puede tratarse de restos guanches perderá su licencia y será multada severamente. Si es una empresa extranjera actuando en Canarias, puede ser expulsada del país impidiéndole la entrada en el futuro, ya que será considerado como delito federal.

El Gobierno Federal procederá a recuperar todas las momias guanches existentes en museos extranjeros, ya que se trata de restos de nuestros antepasados que han sido sacados clandestinamente o robados durante siglos y necesitan volver a la patria de sus antepasados. Todos los museos canarios de arqueología y todas les excavaciones, libros y estudios que tengan relación con los guanches gozarán de ayudas federales especiales y preferenciales, aparte de las que les correspondan por ayuntamientos o gobiernos federales de cada isla. La A.N.L. dictará una ley especial para ello con carácter de urgencia y dictará la creación de un Fondo Especial para llevar a cabo dicha misión, así como una parte importante para pagar viajes y estudios a los países de África del Norte, Túnez, Marruecos, Argelia y Libia, de donde originariamente procedían los guanches.

Art. 87).- Moratorias especiales.

A partir del momento de la entrada en vigor de esta Constitución, se declarará una moratoria general de la construcción, suspendiéndose la construcción de todo nuevo campo de golf y los que están en construcción suspenderán las obras hasta nueva orden. Los que estén en funcionamiento deberán respetar la prohibición de no regar sino con agua de desaladoras y nunca con agua dulce potable. Los propietarios o empresas de campos de golf que quieran venderlos solo podrán hacerlo a ciudadanos, empresas canarias o ayuntamientos donde estén establecidos. La A.N.L. establecerá el número de años de esta moratoria, al igual que dictará otra refiriéndose a la suspensión de la construcción de nuevos hoteles y urbanizaciones.

Art. 88).- Tasas y tributos.

1) En el conjunto del territorio de la República Federal no podrán votarse tasas, impuestos o contribuciones que no estén establecidos por ley federal o por leyes particulares de los gobiernos federales insulares aplicados en una isla determinada. La Administración Tributaria Federal gozará de autonomía funcional, técnica y financiera por una ley aprobada por la Asamblea Nacional Legislativa. El presidente de dicho organismo público será nombrado por el presidente de la República con el visto bueno del presidente del Banco de Canarias. Su actuación será prioritaria en la recaudación tributaria, siendo preferente si concurren dos o tres impuestos de menor categoría o de gobiernos insulares o de otras administraciones.

2) El sistema tributario nacional tendrá en cuenta la capacidad económica de los contribuyentes ciudadanos canarios, atendiendo al principio de la justa redistribución de la riqueza nacional y protección de la economía de los más débiles económicamente.

3) Los extranjeros establecidos en el territorio canario tendrán un tipo de imposición diferente al de los ciudadanos canarios y siempre superior en los puntos que acuerde la administración republicana.

Art. 89).- Competencias de los gobiernos federales insulares.

Todas aquellas materias y competencias que no correspondan al Gobierno nacional federal de la República corresponderán a los Gobiernos federados de cada isla, los cuales podrán dictar leyes, tasas e impuestos o tributos y leyes y reglamentos aplicables en el territorio de cada isla.

Cada Gobierno insular federado podrá votar leyes especiales por referéndum y sus reglamentos, como establece el Artículo 16 de la Constitución, aplicables sólo en cada isla que lo haya aprobado, siempre que no vayan contra los principios de la Constitución ni contra las leyes especiales del Estado republicano.

Art. 90).- Finanzas y Banco de Canarias.

Como establece el Art. 26, el Banco de Canarias es el responsable máximo del sistema monetario y de la moneda nacional, el Áfrico, así como todo lo relativo al cambio de divisas, cambio y convertibilidad, bases de control de los bancos establecidos en Canarias, ordenación del crédito, seguros y fondos de reservas en divisas o en metales estratégicos, para reforzar nuestra moneda nacional.

El Ministerio de Finanzas y el Banco de Canarias, contribuirán a la armonización de la política fiscal con la política monetaria, facilitando el logro de los planes de crecimiento de la Nación y de todos los ciudadanos canarios.

Art. 91 ).- La actuación coordinada del Poder Ejecutivo y el Banco de Canarias representada por el presidente de la República y el presidente del Banco de Canarias se hará mediante acuerdos anuales de políticas, con la firma del Ministro de Finanzas y serán divulgados en el momento de la aprobación de los Presupuestos Nacionales por la Asamblea Nacional Legislativa.

Una ley especial establecerá las normas del acuerdo anual de política económica y los mecanismos de rendición de cuentas públicas.

El Banco de Canarias estará sujeto al control del Supervisor General de la República, encargado de todo lo referente a las actuaciones del ente financiero del Estado. El Banco de Canarias se regirá por el principio de responsabilidad pública, por lo cual rendirá cuenta de sus actuaciones a la A.N.L. de acuerdo con la ley.

La Asamblea Nacional Legislativa podrá, en cualquier momento, solicitar un informe especial al presidente del Banco de Canarias sobre situaciones determinadas o en caso de crisis financiera o devaluación del Áfrico. También podrá solicitar, al mismo tiempo, informe al Supervisor General de la República y también antes de la aprobación de los Presupuestos de la Nación.

El Banco de Canarias, como persona jurídica, ejercerá también de manera exclusiva las competencias monetarias de la Nación, buscando la estabilidad de los precios y preservar el valor interno y externo del Áfrico. Establecerá las tasas de interés anuales y velará por administrar las reservas en divisas internacionales y las reservas en metales. En una política de cooperación interafricana, tratará de obtener que el pago de nuestras exportaciones se haga en metales refinados procedentes de los países africanos para incrementar el Fondo de Reservas del Estado.

Art. 92).- Todo el personal del Banco de Canarias será de nacionalidad canaria y prestará juramento a la Constitución y a guardar los secretos bancarios y no facilitar información a extraños o terceras personas. Su incumplimiento podrá ser castigado por los tribunales federales.

Art. 93 ).- Consejo Nacional Electoral.

El Poder Electoral de la República se ejercerá a través del Consejo Nacional Electoral como ente superior. Dependerán de mismo la Junta Nacional Electoral, la Comisión Central del Registro Civil y Electoral y las Comisiones insulares de Participación Política y Empadronamiento.

Art. 94).- Funciones del C.N.E.

El Consejo Nacional Electoral será el encargado de reglamentar las leyes electorales de la Nación y preparar el presupuesto que corresponda a las elecciones a presidente y vicepresidente de la República Federal, así como las elecciones a la A.N.L., así como:

1).- Organizar y supervisar el Registro Civil Electoral de la Nación.

2).- Declarar si procede la nulidad total o parcial de las elecciones.

3).- Organización, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a las elecciones de cargos de representación popular de los poderes públicos, garantizando la igualdad, imparcialidad y transparencia de las elecciones.

4).- Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento con fines políticos de los partidos que se presenten a las elecciones, así como velar por que dichos partidos cumplan las normas de la Constitución y de las leyes electorales.

Art. 95).- El Consejo Nacional Electoral estará formado por siete ciudadanos de reconocida integridad moral e independencia no adscritos a organizaciones o partidos políticos. Dos de ellos procedentes de las universidades nacionales, facultades de ciencias jurídicas, dos procedentes de la magistratura, uno procedente del cuerpo de fiscales y dos designados por los colegios de abogados. Al mismo tiempo, se designarán nueve suplentes, uno por cada puesto fijo. La duración de sus cargos será de siete años. El presidente/a y el secretario de dicho Consejo serán elegidos por sorteo entre ellos. Sus cargos serán a título honorífico, por lo que no serán remunerados con sueldos, aunque podrán recibir dietas por asistencia a reuniones y presencia.

Una vez designados sus cargos y suplentes, serán presentados a la A.N.L. para que de su acuerdo y visto bueno sobre la totalidad de los elegidos, mediante el voto de la mitad más uno de los presentes. La Asamblea Nacional Legislativa podrá optar entre el voto favorable a todos los miembros en bloque o, si no lo considera, podrá optar por el visto bueno a cada uno de los siete miembros fijos, mediante el voto de la mitad más uno de sus componentes. El mismo sistema se aplicará para la designación de los suplentes.

La A.N.L. podrá pedir la dimisión o renovación de uno o varios de sus cargos del Consejo Nacional Electoral, si alguno de ellos fuere acusado y condenado por algún delito federal o si tuviera una conducta contraria a los postulados de la Constitución.

Art. 96).- Del territorio nacional.

El territorio nacional es el definido en el Art. 1º) de esta Constitución. Dicho territorio no podrá jamás ser cedido, arrendado, traspasado de ninguna forma ni total, provisional o parcialmente a potencia alguna extranjera o pacto militar como la OTAN. Los acuerdos que ha contraído España con la OTAN u otros países extranjeros o pactos quedan sin efecto y son declarados nulos de pleno derecho en lo que concierne al territorio de la República Federal. El Gobierno Republicano, al día siguiente de la Independencia, hará saber a la dirección del Pacto de la OTAN y los gobiernos que lo componen, así como al Gobierno español y a las Naciones Unidas, la decisión de nuestro Gobierno, así como la política de neutralidad positiva de nuestra Nación, en base a nuestra Constitución.

Todas las instalaciones militares que tengan relación directa o indirecta con dicho pacto militar, una vez recibido el acuse de recibo de la decisión de nuestro Gobierno, deberán ser evacuadas en el plazo a acordar, sin que pueda ser más allá de un mes.

Las instalaciones militares españolas en su totalidad deberán ser evacuadas en un plazo máximo de dos meses, después de que se haga el traspaso correspondiente a las autoridades republicanas del Gobierno canario. Este plazo podría ampliarse un mes más si el Gobierno español actúa de buena fe y firma todos los documentos de lugares ocupados por sus militares. El Gobierno español retirará sus banderas, símbolos, enseñas y documentos de sus instalaciones militares y estará presente en el momento en que se arríe oficialmente la bandera española y sea izada la bandera nacional canaria, la tricolor de las Siete Estrellas Verdes, rindiendo los honores de rigor respectivos las fuerzas presentes.

Se creará una comisión especial intergubernamental para el traspaso de poderes y se podrán discutir y llegar a los acuerdos necesarios para que todo se haga en debida forma y salvaguardar las buenas relaciones del futuro entre los Gobiernos de Canarias y de España.

Art. 97).- Las Estados extranjeros que establezcan relaciones diplomáticas con nuestra Nación solo podrán adquirir, dentro del área que se le determine, en el Distrito Federal o capital de la República, los inmuebles necesarios para sus embajadas y consulados, mediante garantías de reciprocidad y con las limitaciones que establezca la ley. Las embajadas podrán crear consulados en las diferentes islas o consulados del mar en los principales puertos canarios.

En todo caso quedará siempre a salvo la soberanía del suelo.

Art. 98).- Siendo la ZEE canaria de 350 millas marinas, todos los Estados extranjeros deberán respetar esta decisión ya que nuestra Nación tiene un destino marítimo fundamental y prioritario para la supervivencia del país. Los planos marítimos, con sus fronteras y la mediana correspondiente, serán depositados en la sede de las Naciones Unidas, de acuerdo con lo previsto por la Convención de Montego Bay y demás leyes marítimas. El Estado establecerá las correspondientes leyes para la vigilancia y control de dicha zona. Los Estados que establezcan relaciones diplomáticas con la República Federal deberán comprometerse mediante acuerdos con nuestro Gobierno, para no enviar sus flotas de pesca a nuestras aguas y, si lo hicieren, deberán reconocer la jurisdicción de nuestros tribunales de justicia para proceder contra los contravinientes. El Gobierno Republicano no dará nunca licencias de pesca dentro de nuestras aguas nacionales. Todos aquellos permisos de pesca firmados por la antigua metrópoli serán nulos de pleno derecho y no son reconocidos por el Gobierno canario.

Art. 99).- El espacio aéreo canario es aquel que corresponde a nuestra ZEE y todo avión entrando o atravesando nuestro espacio aéreo debe ser controlado por las torres de control de nuestra nación. Las infracciones son un delito federal castigado por la ley, si no obedecen las leyes canarias o no reconocen nuestra soberanía cuando se les advierte.

Art. 100).- Ninguna empresa extranjera podrá llevar a cabo prospecciones off shore dentro de nuestra Zona Económica Exclusiva (ZEE), sin permiso especial del Gobierno de la República. Todos los permisos otorgados por la metrópoli antes de la independencia son nulos de pleno derecho y las prospecciones quedarán paralizadas automáticamente el día siguiente a la independencia.

(continuará)

* Secretario general del MPAIAC y presidente

del partido independentista

Congreso Nacional de Canarias

mpaiac@elguanche.net, cnc@elguanche.net, elguanche@elguanche.net, cubilloantonio@hotmail.com
Por último nos deja unos e-mails para contestarle.
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Mensaje por kilo009 »

Algunos textos de una Asociación Sociocultural pro-independentista:

http://www.canariastelecom.com/personal ... alidad.htm

Mesa para la Unidad Nacional de Canarias:

http://www.rebelion.org/noticia.php?id=1020
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Mensaje por FlancoSur »

Interesante artículo sobre las causas de que el periódico El Día esté dando tanta cancha a Antonio Cubillo. Curiosamente el artículo lo publica un diario de Gran Canaria. 8)
KS

Mensaje por KS »

LAs claves que aporta el periódico:

El brote independentista podría tener por objetivo presionar a las instituciones del Estado para que no se tome tan en serio la investigación del Caso "Las Teresitas", sobre corrupción en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

Miguel Zerolo es el alcalde de Santa Cruz de Tenerife y epicentro de las investigaciones que la Fiscalía Anticorrupción lleva a cabo en Canarias.

Al parecer, según el CNI, algunas personas del entorno político-empresarial tinerfeño podrían haber sondeado a los grupos independentistas para conocer la posibilidad de su apoyo a acciones más llamativas, a cambio de aportaciones económicas importantes que mantengan la infraestructura de estos grupos


UN saludo,
KS
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Mensaje por kilo009 »

Ejemplo de propaganda independentista canaria, en el 30 aniversario de la muerte de Javier Fernández Quesada.

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Mensaje por kilo009 »

Típicas imágenes independentisas que se encuentran dispersas en Tenerife:

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La palabra Amazigh es el singular de Imazigen o bereber.
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Mensaje por kilo009 »

Curioso es este punto que proclama el MPAIAC en su página web:
El MPAIAC no es una organización terrorista, es un movimiento de liberación nacional que a lo largo de su dilatada historia ha utilizado todo tipo de formas de lucha para alcanzar la Independencia de Canarias. Se siente orgullosa de las acciones de la Fuerzas Armadas Guanches (FAG) que en una época concreta asumieron la defensa armada de nuestro pueblo y que desde principios de los años ochenta se mantiene en una tregua unilateral indefinida, no planteándose su desarme mientras el estado español mantenga el Articulo 8 de su constitución, que impone la agresión armada para mantener el colonialismo en nuestra tierra.
Aporto además un artículo de Julián Exposito:
A mediados de los setenta, tras la ocupación del Sahara Occidental por Marruecos, se dio a conocer el independentista canario, Antonio Cubillo, y su MPAIC (Movimiento para la Autodeterminación e Independencia de las Islas Canarias), un grupo prácticamente inexistente pero que recurrió a la dinamita en algunas ocasiones. Cubillo estaba exiliado en Argel desde hacía algunos años y la entrega del Sahara a Marruecos le sirvió para lograr el generoso apoyo de la dictadura argelina dirigida entonces por el presidente Huari Bumedien y su partido único, el FLN, que le sobrevivió.

Los servicios de inteligencia argelinos, dirigidos entonces por el misterioso “coronel Hoffman”, pusieron a disposición de Cubillo las antenas de Radio Argel para que las utilizara a su modo y manera. Así nació una emisión, “Canarias libre”, dirigida a atacar, sobre todo, a España pero también a Marruecos y su empresa en el Sahara Occidental.

Cubillo se reveló como un excelente comunicador y su emisión radial, aunque era un disparate, logró bastantes oyentes en la península y en el archipiélago. Cubillo consiguió –con el inestimable apoyo de la dictadura argelina– que su “movimiento” entrase como observador en la OUA (Organización de la Unidad Africana) e incluso llegó más allá: logró que en varias cumbres de la OUA se instara a España a “descolonizar” Canarias previas negociaciones con el MPAIAC. Aquel disparate preocupó en extremo al entonces ministro de Asuntos Exteriores, Marcelino Oreja, que mandó a varias delegaciones para que invitaran a la OUA y esta organización enviase una delegación a Canarias. Dicho y hecho. La delegación africana visitó las islas y terminó su misión con una conclusión tan pintoresca como verídica: “en Canarias no hay una situación colonial y tampoco hay negros”.

Argelia quería castigar a la naciente democracia española por el “abandono” del Sahara cuando Franco agonizaba y, hasta cierto punto, le dio resultado, pero la situación no podía eternizarse y cuando el PSOE llegó al poder envió a Alfonso Guerra a Argel para que convenciera al “coronel Hoffman” de que el país magrebí debería escoger entre unas relaciones correctas con España o el mantenimiento de Cubillo y su emisión. Una semana después del viaje de Guerra, Cubillo se quedó sin radio y, aunque posteriormente fue víctima de un atentado de motivaciones y financiación todavía oscuras, dejó de jugar el papel de dirigente de un “movimiento de descolonización” que le otorgaron sus anfitriones argelinos.

El pobre Cubillo regresó a Tenerife en los años ochenta en silla de ruedas y, como era de esperar, no vendió una escoba. Su “Congreso Nacional Canario” no existe prácticamente y debe competir con otros grupos independentistas, también inexistentes y sin presencia política alguna. Pero al menos uno de estos grupos, el FREPIC-AWAÑAK parece haber logrado cierto apoyo por parte de… Marruecos, que pretende con ello –según el “modelo Perejil”– tentar la suerte y de paso, a modo de señuelo, chantajear el Estado español con esta irresponsable iniciativa.

Todo el mundo sabe en Canarias que las actividades –mínimas– de este grupúsculo pro-marroquí e independentista canario cuenta con la financiación marroquí, algo que, por cierto, ni siquiera oculta en sus manifiestos y “remitidos” a la prensa. Parece más que dudoso que tal apoyo sea iniciativa privada del Cónsul marroquí en Las Palmas que debe trabajar en un ambiente hostil: la sociedad canaria apoya al Polisario y hay organizaciones de solidaridad con el Sahara hasta en las localidades más pequeñas del archipiélago como sucede en la península.

El gobierno marroquí y sus servicios de inteligencia aprueban la “sponsorización” de los independentistas canarios aunque puedan retirar tal apoyo en cualquier momento como hicieron los argelinos con Cubillo. Es una apuesta arriesgada, pero cuenta con que el gobierno de Madrid y su ministro de Exteriores darán la callada por respuesta. Seguramente no se equivocan.
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Mensaje por Komet »

Aprovecho para presentarme, que hasta ahora era lector pasivo.

Sobre el asunto del independentismo canario, puedo aportar bastante ya que por cuestiones laborales lo he tenido que vivir bastante de cerca. Asi que cualquier duda, aqui me teneis para responder si puedo.

Un saludo.
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