Orden PRE/767/2010, ficheros Presidencia del Gobierno

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kilo009
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Orden PRE/767/2010, ficheros Presidencia del Gobierno

Mensaje por kilo009 »

Hoy que estoy con ganas...

Orden PRE/767/2010, de 17 de marzo, por la que se crean ficheros automatizados de datos de carácter personal y se modifica otro gestionados por el Ministerio de la Presidencia.

Boletín Oficial del Estado completo http://www.boe.es/boe/dias/2010/03/27/p ... 0-5085.pdf
Dirección General de Coordinación y Administración de los Servicios Periféricos Expedientes de trámites de extranjería

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo.—Expedientes administrativos para la tramitación de permisos y autorizaciones que se conceden a personas extranjeras para residir y trabajar en España. Gestión de estadísticas internas. Registrar la documentación de los expedientes administrativos de concesión de permisos y autorizaciones a personas extranjeras. Proporcionar información a otros órganos de las Administraciones Públicas competentes en los procedimientos regulados por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su Integración Social. Facilitar a las personas extranjeras, y, en su caso, a los empleadores, las solicitudes de renovación de permisos y autorizaciones, conocer datos estadísticos referidos a personas extranjeras que se encuentren legalmente en España, confeccionar estadísticas diversas en materia de extranjería
2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.—Personas extranjeras que solicitan permiso de trabajo y/o residencia en España y empleadores que soliciten la normalización de su personal.
3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.—Personas interesadas y los recabados de los distintos departamentos intervinientes en los procedimientos.
4. Estructura básica del fichero.—Base de datos documental.
5. Descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo.— Datos de características personales. Datos de circunstancias sociales (a efectos de reagrupación familiar) datos de situación laboral. Datos de salud (a efectos de prestaciones socio-sanitarias y reagrupación familiar).
6. Cesiones de datos de carácter personal.—Defensor del Pueblo, Ministerio Fiscal, Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, Jueces y Tribunales, órganos competentes en procedimientos de extranjería de las Comunidades Autónomas que hayan asumido competencias en materia de autorizaciones de trabajo, Administraciones Tributaria, Tesorería General y Entidades Gestoras de la Seguridad Social, Servicios Públicos de Empleo. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Dirección General de la Policía), Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, Secretaría General de Asuntos Consulares y Migratorios, Dirección General de los Registros y el Notariado, Centro Nacional de Inteligencia (CNI),
7. Órganos de las Administraciones responsables del fichero.—Dirección General de Coordinación y Administración de los Servicios Periféricos.
8. Servicios o unidades ante los que puede ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.—Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
9. Medidas de seguridad.—Nivel alto.
10. Sistema de tratamiento.—Automatizado.
Dirección General de Coordinación y Administración de los Servicios Periféricos
«Concesión de permisos y autorización de extranjeros»

1. Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo.—Tramitación de permisos y autorizaciones que se conceden a personas extranjeras para residir y trabajar en España. Gestión de estadísticas internas. Gestionar las competencias asignadas a la Delegación/Subdelegación del Gobierno en materia de extranjería. Proporcionar información a otros órganos de las Administraciones públicas competentes en los procedimientos regulados por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social. Advertir a las personas extranjeras, y, en su caso, a los empleadores, de la necesidad de renovación de permiso concedido, conocer datos estadísticos referidos a personas extranjeras que se encuentren legalmente en España, confección de estadísticas diversas en materia de extranjería.
2. Personas y colectivos afectados.—Personas extranjeras que solicitan permiso de trabajo y/o residencia en España y empleadores que soliciten la normalización de sus trabajadores.
3. Procedimiento de recogida de datos.—Personas interesadas y los recabados de los distintos Departamentos afectados por el procedimiento.
4. Estructura básica del fichero.—Base de datos relacional.
5. Descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo.— Datos de características personales. Datos de circunstancias sociales (a efectos de reagrupación familiar) datos de situación laboral. Datos de salud (a efectos de prestaciones socio-sanitarias y reagrupación familiar).
6. Cesiones de datos.—Defensor del Pueblo, Ministerio Fiscal, Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, Jueces y Tribunales, Órganos competentes en procedimientos de extranjería de las Comunidades Autónomas que hayan asumido competencias en materia de autorizaciones de trabajo, Administraciones Tributarias, Tesorería General y Entidades Gestoras de la Seguridad Social, Servicios Públicos de Empleo. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Dirección General de la Policía), Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, Secretaría General de Asuntos Consulares y Migratorios, Dirección General de los Registros y el Notariado, Centro Nacional de Inteligencia (CNI)
7. Responsable del fichero.—Dirección General de Coordinación y Administración de los Servicios Periféricos.
8. Unidad ante la que se puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
9. Sistema de tratamiento.—Automatizado.
10. Nivel de seguridad.—Nivel alto.
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