Legislacion

Acuerdo de 16 de Febrero de 1996 por el que se clasifican determinadas materias con arreglo a la Ley de Secretos Oficiales.

Este acuerdo no se ha publicado.

De la información facilitada al Defensor del Pueblo, se desprende que el Consejo de Ministros, en su reunión de 16 de febrero de 1996, haciendo uso de las facultades que le confiere el artículo 4 de la Ley de Secretos Oficiales de 5 de abril de 1969, actualizada por Ley de 7 de octubre de 1978, había clasificado como SECRETO:


La estructura, organización, medios y técnicas operativas utilizadas en la lucha antiterrorista por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como sus fuentes y cuanta información o datos puedan revelarlas.

Esta clasificación había afectado también a los ficheros automatizados que en materia antiterrorista estableciera la Administración penitenciaria.

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